A pocos días de las Elecciones Congresales Extraordinarias, convocadas para este domingo 26 de enero, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) prorrogó la vigencia de los Documentos Nacionales de Identidad (DNI) que hayan caducado o que se encuentren por vencer.
► Elecciones 2020: ¿cuánto es el monto de la multa electoral por no ir a votar?
Esta medida se resolvió a través de la Resolución Jefatural N° 000006-2020/JNAC/RENIEC, publicada la semana pasada en las normas legales del Diario Oficial El Peruano.
Asimismo, Reniec dispuso admitir los DNI de menores de edad para los efectos de sufragio del 26 de enero.
Elecciones Congresales 2020: Pasos del voto convencional
La resolución precisa que dicha prórroga solamente surtirá efectos para el ejercicio del derecho constitucional al sufragio.
Más de 24.7 millones de peruanos están convocados a las urnas este 26 de enero a fin de elegir a los 130 miembros del Parlamento en las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020.
Este proceso se realiza tras la disolución del anterior Congreso dispuesto por el presidente de la República, Martín Vizcarra, el 30 de septiembre de 2019.
¿Qué debo hacer si pierdo o me roban el DNI días antes del sufragio?
La Ley Orgánica de Elecciones prevé los casos en que no se impondrá una multa electoral a los ciudadanos que no pudieron emitir su voto por razones justificadas. Una de las ocurrencias contempladas por la legislación tiene que ver con la pérdida o robo del Documento Nacional de Identidad (DNI) hasta 10 días antes de las elecciones del 26 de enero.
En estos casos, el ciudadano deberá presentar una justificación y/o dispensa, que es otorgada únicamente por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y cuyo trámite se debe realizar a partir del día siguiente del sufragio - es decir, el lunes 27 de enero-.
¿Qué hacer si tu nombre no aparece en el padrón electoral?
De acuerdo con la Oficina Nacional de Proceso Electorales (ONPE), si el nombre de un elector no aparece en el padrón electoral, no puede votar. Sin embargo, si en su Documento Nacional de Identidad (DNI) figura que debe votar en dicha mesa (aunque su nombre no esté en el padrón), el presidente de mesa le otorgará una constancia de asistencia al sufragio.
Luego el elector deberá acudir a la oficina del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) para verificar que su nombre aparezca en el padrón de electores para futuros comicios.