El pleno del Congreso aprobó la ley para impedir que los partidos políticos puedan ser sancionados con la disolución o la suspensión de sus actividades por el Poder Judicial, así como otras restricciones como consecuencia de investigaciones por delitos cometidos por sus integrantes.
El texto que había aprobado anteriormente la Comisión de Constitución fue respaldada por mayoría en el pleno del Poder legislativo con 88 votos a favor, 14 en contra y 2 abstenciones.
Con 92 votos a favor, luego fue exonerada de segunda votación, por lo que la norma quedó expedita para ser enviada al Ejecutivo para su promulgación o para que sea observada.
El texto modifica el Código Penal para que los partidos políticos no puedan ser objeto de las mismas reglas de disolución o suspensión que se pueden aplicar vía judicial contra personas jurídicas comunes.
La presidenta de la Comisión de Constitución, Martha Moyano (Fuerza Popular), sustentó el proyecto de ley al manifestar que se trata de una garantía para que los partidos políticos puedan seguir operando a pesar de que sus militantes puedan cometer delitos que pongan en riesgo a su agrupación.
“Los partidos políticos no podrán ser sujetos de disolución, suspensión o del cierre de sus locales por la vía judicial, sino que su régimen sancionador se rige por la Ley N° 28094, Ley de organizaciones políticas y sus estatutos partidarios”, explicó ante el pleno.
La parlamentaria fujimorista aseguró que, si se permitieran sanciones contra partidos políticos, los militantes que no participaron en delitos también se verían perjudicados en sus derechos de participar en la vida política del país.
En marzo, la Comisión de Constitución había aprobado esta propuesta por mayoría para impedir que los partidos políticos puedan ser sancionados por jueces con medidas como la suspensión de sus actividades, la disolución o la incautación de sus locales partidarios.
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