La presidenta Dina Boluarte seguirá siendo investigada por presunto enriquecimiento ilícito y omisión de consignar declaraciones en documentos. El Poder Judicial rechazó el pedido de la jefa de Estado para que se cierre la pesquisa en su contra.
En concreto, el juez supremo Juan Carlos Checkley Soria, del Juzgado de Investigación Preparatoria, declaró infundada la solicitud de control de plazo presentada por la defensa de la mandataria “en la investigación preliminar seguida en su contra por el delito de enriquecimiento ilícito y otro en agravio del Estado”.
“La decisión de la fiscalía de declarar compleja la investigación así como establecer el plazo de ocho meses resulta aplicable y, en ese sentido, no infringe principio alguno como como debido proceso o plazo razonable”, señala el magistrado.
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Como se recuerda, mediante la Disposición N° 06 de 17 de mayo del 2024, la Fiscalía de la Nación desacumuló los hechos investigados referidos a la imputación contra Boluarte Zegarra.
Los hechos vinculados a la recepción de los relojes Rolex y joyas con diamantes fueron remitidos a una carpeta fiscal, y se formuló denuncia constitucional ante el Congreso contra Boluarte por el presunto delito de cohecho pasivo impropio en agravio del Estado.
Además, se dispuso que los hechos investigados contra el gobernador regional de Ayacucho, Wilfredo Oscorima Núñez, por el delito contra la administración pública, modalidad cohecho activo genérico, en agravio del Estado, sean remitidos a la Fiscalía coordinadora correspondiente para que proceda a su distribución al despacho fiscal llamado por ley.
Boluarte también es investigada por los hechos vinculados a un presunto incremento de dinero en sus cuentas bancarias por S/ 432.932,25; y haber registrado depósitos de origen desconocido, realizados también a sus cuentas – entre el 29 de julio del 2021 hasta agosto del 2022- en su condición de exministra de Inclusión Social; y por no haber consignado en su declaración jurada haber obtenido los relojes de alta gama.
Por estos dos últimos hechos viene siendo investigada por los delitos contra la administración pública, modalidad enriquecimiento ilícito, y contra la fe pública, modalidad omisión de consignar declaraciones en documentos, ambos en agravio del Estado.
En audiencia pública, la defensa de la mandataria señalaba que al vencerse el plazo de 60 días establecido en las leyes N° 27379 y 27399, al no concluirse dicha indagación, se estaría vulnerando el plazo razonable.
Mientras que, el fiscal supremo adjunto Luis Germaná precisó que si bien la Carpeta Fiscal 162-2024 se dispuso la desacumulación el 17 de mayo del 2024, los hechos que aún continúan siendo objeto de investigación fueron declarados un caso “complejo”; y se fijó como plazo de investigación preliminar ocho meses .
Por ello, indicó, el tiempo tendría que ser computado a partir del 17 de mayo del 2024, por lo que el vencimiento se produciría el 16 de enero del 2025. Esto, además, puesto que resultaba necesario contar con un plazo de investigación más amplio en atención a la necesidad de realizar pericias, revisión de documentación complicada, análisis técnicos respecto a información, declaraciones juradas de auto avalúo, ingreso de remuneraciones y otros ingresos por actividades privadas, y otras.
En su resolución, el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria consideró que la decisión de la fiscalía de declarar compleja la investigación y establecer el plazo de ocho meses no infringe el principio del debido proceso o plazo razonable.
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“Tratándose de un alto funcionario del Estado, donde, por un lado, se establece un plazo de investigación preliminar de 60 días y, por otro, las reglas del CPP (Código Procesal Penal), posibilitan que ese caso sea declarado complejo con los plazos señalados en las reglas del CPP; en consecuencia, la decisión de la fiscalía de declarar compleja la investigación así como establecer el plazo de ocho meses resulta aplicable y en ese sentido no infringe principio alguno como como debido proceso o plazo razonable”, explicó.
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La continuación de la investigación por estos dos delitos se decidió luego de desacumular la carpeta principal, el pasado 17 de mayo, donde Boluarte Zegarra era investigada por tres presuntos delitos: cohecho pasivo impropio (por los Rolex y joyas), enriquecimiento ilícito y omisión de consignar información (por los abonos a sus cuentas bancarias).
Cabe recordar que Dina Boluarte presentó un recurso de hábeas corpus ante el Tribunal Constitucional (TC) donde solicita que se anule toda la investigación por el Caso Rolex, incluyendo el allanamiento a su domicilio y el despacho presidencial.
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En su demanda, además, requirió que todo acto que se realice en su contra, dentro de dicho proceso, tenga -previamente- la autorización del Congreso de la República.
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