La Defensora del Pueblo rechaz los castigos fsicos que las rondas urbanas de Cajamarca aplicaron das atrs a un grupo de mujeres que se dedican al trabajo sexual en centros nocturnos.
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Al respecto, Agustn Moreno Daz, jefe de la Oficina Defensorial de Cajamarca, sostuvo que estos castigos constituyen manifiestas vulneraciones a sus derechos fundamentales reconocidos en la Constitucin y en tratados de derechos humanos ratificados por el Per, inform la agencia Andina.
Record que la Corte Suprema, en varias ejecutorias y en un acuerdo plenario del 2009, ha sealado que las rondas urbanas no tienen capacidad de administrar justicia y que su naturaleza y competencias son distintas a las de las rondas campesinas.
Asimismo, recalc que todo castigo fsico est prohibido para la justicia comunal. Record que las mujeres pertenecen a un grupo prioritario de atencin por parte del Estado y la sociedad, sobre todo si se encuentran en una situacin de especial vulnerabilidad.
Seal que ese es el caso de las trabajadoras sexuales que, en muchas ocasiones, son explotadas, maltratadas o incluso vctimas del delito de trata de personas.