El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) recibió la denuncia de un padre de familia quien reportó que su menor hijo sufrió un accidente en la sala de juegos de uno de los establecimientos de la empresa de comida rápida Bembos S.A.C.

Según señala la demanda, el menor de edad cayó desde una pera colgante, hecho que le produjo lesiones en el brazo izquierdo. En consecuencia, el ente de defensa al consumidor multó a la mencionada empresa con 5 UIT, equivalentes 18 mil 500 nuevos soles.

Asimismo, se determinó como medida correctiva, que el proveedor cumpla con reembolsar al denunciante la suma de 1.528 soles por los gastos en la atención médica del menor.

La Sala Especializada en Protección al Consumidor concluyó que el piso de la zona no contaba con la cubierta de protección necesaria, el cual no era suficiente para amortiguar alguna caída pues se usaba una espuma blanda de 2 centímetros de espesor. Debido a ello, el recubrimiento no resultó idóneo, ya que se acreditó que el niño sufrió lesiones.

La empresa, en respuesta, indicó que la referida zona de juegos contaba con un recubrimiento especial, capaz de amortiguar las eventuales caídas de aquellos que treparan a la pera colgante. Agregó que el accidente se produjo debido a que el niño realizó un uso inadecuado del juego, lo cual no debió haber sido permitido por sus padres.

En adelante, Bembos deberá acondicionar las áreas de juegos de sus locales con colchonetas o similares cuando la estructura del juego contemple la posibilidad de caídas de los menores.

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