Las empresas privadas tienen hasta esta quincena para poder depositar la Gratificación por Fiestas Patrias a sus trabajadores. (Foto: El Peruano)
Las empresas privadas tienen hasta esta quincena para poder depositar la Gratificación por Fiestas Patrias a sus trabajadores. (Foto: El Peruano)
Redacción EC

Las empresas del sector privado tienen hasta la quincena del mes de julio para realizar el depósito de la a sus trabajadores, además de una bonificación extraordinaria del 9% por aportes a , sobre el beneficio mencionado.

MIRA AQUÍ: Cines en Perú: ¿Qué cadenas anunciaron la reapertura de sus salas?

Este derecho laboral lo podrán recibir los trabajadores del sector privado que hayan trabajado un mes completo en el semestre de enero a junio, según indica la . Si la empresa no cumple, el empleado puede acudir a la y presentar un reclamo.

Los trabajadores que podrán percibir del pago extra son aquellos empleados formales con contrato indefinido, a plazo fijo o tiempo parcial. Según la nueva Ley 31047, las trabajadoras del hogar también deberán recibir un sueldo completo.

REVISA AQUÍ: ‘Loki’: día, hora y canal del último episodio de la serie de Disney Plus

Es importante tener en cuenta, que en el caso de los trabajadores afiliados a una Empresa Prestadora de Salud (EPS), la bonificación extraordinaria no será del 9%, sino del 6,75% del monto de la gratificación.

Los trabajadores de las microempresas que fueron contratados después de que la microempresa se inscribiera en el Remype, no podrán gozar de este beneficio, al igual que los trabajadores independientes y quienes están regulados por el Código Civil, por locación de servicios.

CONSULTA AQUÍ: Retiro AFP: ¿Cuándo me harán el segundo depósito? Lo que debes de saber

Los practicantes tampoco podrán ser acreedores de la bonificación; sin embargo, quienes se encuentran laborando en esa condición tienen derecho a recibir una subvención adicional por cada seis meses de trabajo en la empresa.

Si el empleador no realiza el depósito hasta el 15 de julio ¿Qué pasa?

No pagar de forma oportuna o completa las gratificaciones legales, puede derivar multas para los empleadores:

  • En la microempresa el monto mínimo es S/ 484 y el máximo S/ 1,980.
  • En la pequeña empresa la multa mínima es S/ 1,980 y la máxima S/ 19,800.
  • En la mediana y gran empresa, la sanción mínima es S/ 6,908 y la máxima S/ 114,928.
  • Si la gratificación legal se paga de forma extemporánea, el trabajador tiene derecho a percibir dicho beneficio con los intereses legales correspondientes.

VIDEO RECOMENDADO:

Gratificación julio 2021: consejos para darle un uso adecuado al dinero
Los trabajadores de la actividad privada recibirán un sueldo íntegro por concepto de gratificaciones. Este dinerito será de gran ayuda para muchas familias, dada la crisis económica que atraviesa el país por la COVID-19. Es por ello, que a continuación te brindamos algunas recomendaciones que puedes tener en cuenta para usar el dinero responsablemente.

TE PUEDE INTERESAR:

Contenido sugerido

Contenido GEC