Impuesto a la Renta: ¿Qué nuevas deducciones aprobó el Gobierno?

A partir del 1 de enero del 2019, trabajadores de cuarta y quinta categoría podrán realizar estas deducciones adicionales en su pago de impuesto a la renta

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) amplió el listado de gastos que podrán deducir las personas naturales que obtengan rentas de trabajo para la determinación del impuesto a la renta (IR), a partir del 1 de enero del 2019. 

Por lo tanto, desde el próximo año se establece que darán derecho a la deducción adicional todos los servicios cuya calificación corresponda a la cuarta categoría.  

“Esto es, todos los servicios prestados por profesionales independientes, como médicos, abogados, ingenieros, odontólogos, arquitectos, entre otros”, señaló Víctor Zavala, gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL).

Como se recuerda, a fines del 2016, el Ejecutivo promulgó el Decreto Legislativo 1258, el cual estableció la posibilidad de deducir hasta 3 UIT, adicionales a las 7 UIT, exoneradas para el pago de Impuesto a la Renta de los trabajadores que generan rentas de cuarta y quinta categoría. 

A continuación, te mostramos cuáles fueron los servicios con los que el Gobierno amplió la lista de gastos que los trabajadores pueden deducir del pago del impuesto a la renta. 

Seguir temas

Lo más visto

  1. La volvió a ver después de 38 años, se casaron y hoy viven su amor sin reservas: íntimas confesiones de Cecilia Bracamonte
  2. Centenario alista expansión en San Isidro: va por mayor ocupación en oficinas y cuenta por qué las empresas buscan espacios más grandes
  3. Paola Miglio, periodista experta en gastronomía: “Estamos viviendo algo increíble, que es cómo construimos nuestro propio ‘fine dining”
  4. ¿Por qué en el Perú se sanciona con mayor celeridad a los deudores de alimentos que a los extorsionadores encarcelados?

NOTICIAS SUGERIDAS

Contenido GEC

Suscríbete para tener acceso a este contenido.
Para seguir viendo el contenido que te gusta, adquiere uno de nuestros planes.
Por favor, regístrate para ver este contenido.
Completa tus datos para seguir leyendo noticias de tu interés.
Has superado el límite de páginas vistas.
Por favor suscríbete para tener acceso a contenido ilimitado.