Con la captura parcial de una norma legal, una publicación compartida en redes sociales señala que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) maneja un horario de mesa de partes virtual hasta las 23:59 p.m. No obstante, El Comercio constató que se trata de una información manipulada.
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La captura difundida corresponde a la Resolución N° 000005-2021-SG/ONPE, publicada el 4 de febrero en el diario oficial El Peruano, con la cual la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) modificó los horarios para su atención en mesa de partes física y virtual. En el texto, el organismo resuelve que sus locales atiendan presencialmente hasta las 16:30 horas y virtualmente hasta las 23:59 p.m.
Cabe señalar que la desinformación aparece en medio de la discusión con respecto a la admisibilidad de recursos de nulidad de mesas de sufragio que ha presentado Fuerza Popular. El partido, que alega irregularidades en el proceso electoral del 6 de junio en forma de “fraude en mesas de votación”, ha insistido en que los JEE deben atender todas las nulidades solicitadas después de las 8:00 p.m. del 9 de junio.
En diálogo con El Comercio, el experto en derecho electoral y director ejecutivo del IPDE, José Manuel Villalobos, explicó que “si bien es cierto, el JNE y la ONPE tienen niveles de coordinación para los procesos electorales, cada uno tiene autonomía”. Dicha independencia, refiere, aplica también para decisiones administrativas sobre horarios de atención.
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El horario ha sido reconocido por el JNE hasta las 8:00 p.m.
En el caso del JNE, las horas hábiles de atención para actuaciones procesales de los jurados electorales especiales (los tribunales de primera instancia), están precisadas en la Resolución N° 0363-2020-JNE, que se publicó en octubre del 2020. Esta norma regula la gestión de los JEE para las elecciones generales del 2021 y reconoce como horas hábiles “las comprendidas entre las 8:00 y las 20:00 horas”.
El también especialista en temas electorales, José Naupari, coincidió en explicar que “el JNE y la ONPE, en principio, son organismos constitucionales autónomos con funciones diferenciadas incluso dentro del marco del proceso electoral”.
Naupari recuerda, además, la Resolución N° 0086-2018-JNE, que actualizó la regulación del trámite de solicitudes de nulidad de votación de mesas de sufragio y de nulidad de votación de elecciones. “En ella, se dice que las nulidades se podían presentar ante los JEE hasta el cierre del horario de mesa de partes [se refiere al artículo sétimo]. Allí se establece que los JEE consignan un acta con las nulidades recibidas hasta el horario de atención de su mesa de partes”.
Adicionalmente, el 3 de febrero del 2021, el JNE emitió la Resolución N° 0036-2021-JNE, donde se pronuncia con base en un recurso de apelación sobre un caso de listas de candidatos. En el literal b de su artículo 2.7, el máximo tribunal electoral reconoce que “teniendo en cuenta que la presentación de los escritos por medios virtuales es predominante en este proceso electoral y, atendiendo a un criterio de uniformización y proporcionalidad entre los actores del mismo, debe establecerse que la presentación de los escritos a través del SIJE-E serán considerados efectuados en el día siempre que sean ingresados hasta las 20:00 horas”.
Villalobos comenta que esta última resolución sirve de precisión con respecto a los horarios: “Como no había uniformidad en las horas de atención de cada jurado electoral especial que estaba recibiendo escritos de subsanación de candidaturas, pues algunos recibían a las 4:00 o 5:00 p.m., por ejemplo, allí se estandariza que el plazo válido es hasta las 8:00 p.m.”.
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