Elecciones 2026: Apelan decisión del JEE que rechazó tacha contra candidatura de José Williams

El 9 de enero, el JEE Lima Centro 1 había declarado infundada en primera instancia la tacha.
José Williams, candidato presidencial de Avanza País. (Foto: Congreso)

El ciudadano Carlos Alonso Javier Guevara presentó formalmente un recurso de apelación contra la decisión había desestimado inicialmente la tacha contra la candidatura presidencial de , de Avanza País.

Con este recurso admitido el 14 de enero, busca que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y disponga la exclusión del candidato del proceso electoral.

LEE: Secretario general de Avanza País reconoce “error material” en la hoja de vida de José Williams

La base de la apelación sostiene que el candidato Williams Zapata consignó información que no corresponde a la verdad en su Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV) respecto a sus ingresos del sector público. El impugnante señala que el postulante declaró una remuneración bruta anual de S/ 187,200, monto que califica de inconsistente frente a los ingresos de otros congresistas de su misma bancada, quienes reportaron sumas superiores a los S/ 423,000. Asimismo, se denuncia la supuesta omisión de bonificaciones percibidas por leyes relacionadas con la defensa de la patria y el operativo Chavín de Huántar.

El 9 de enero, al rechazar la tacha, el JEE Lima Centro 1 indicó que las omisiones en los rubros de ingresos no constituyen una causal de exclusión bajo la normativa vigente. Según el órgano electoral, las bonificaciones cuestionadas por el ciudadano empezaron a percibirse en el año 2025, por lo que no correspondía incluirlas en la declaración del ejercicio fiscal 2024 exigida para este proceso. En la primera instancia, se dispuso únicamente realizar una anotación marginal en la hoja de vida para precisar la información económica del candidato.

En el recurso de apelación, Guevara argumenta que el JEE incurrió en error al calificar la información contraria a la verdad como un simple “error material o numérico”. El documento señala que el ente electoral se limitó a reproducir los descargos del personero legal de Avanza País sin realizar una fiscalización objetiva de los datos. Según el recurrente, permitir la subsanación de datos falsos mediante anotaciones marginales transgrede el principio de transparencia y la jurisprudencia previa del JNE sobre la veracidad de las declaraciones juradas.

El expediente será elevado al Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, que resolverá la controversia en segunda y última instancia.

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