Dos semanas más tendrá que esperar la psicóloga y activista Ana Estrada para conocer la resolución de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema, sobre su pedido para que se reconozca y garantice su derecho fundamental a una muerte en condiciones dignas. En la víspera, este colegiado decidió ampliar la audiencia para el 31 de enero próximo.
MIRA: Caso Ana Estrada: los hechos más importantes en esta larga búsqueda por una muerte digna
Desde hace 30 años, Ana padece una polimiositis incurable progresiva que la ha llevado a sufrir fuertes dolores. Se trata de un mal inflamatorio y autoinmune poco frecuente, que causa debilidad muscular y se vuelve discapacitante con el tiempo.
El colegiado de la Suprema decidió postergar esta audiencia final, aproximadamente a las 5 p.m. de ayer, la misma que se reanudará el lunes 31 de enero a las 10:30 a.m. con la finalidad de escuchar los informes técnicos de los profesionales médicos de la demandante, uno que designe la Defensoría del Pueblo, Essalud y de la Sociedad Peruana de Cuidados Paliativos (SPCP).
“La decisión la adoptó el tribunal para escuchar a los expertos, tener un amplio conocimiento del tema y resolver con todas las garantías del debido proceso”, señaló el Poder Judicial.
MIRA: Ana Estrada: elevan en consulta a la Corte Suprema la sentencia que autorizó que acceda a una muerte digna
Desde la Defensoría del Pueblo no se ha emitido un pronunciamiento sobre la decisión del colegiado de ampliar la audiencia final para escuchar a los médicos.
“No se trata de rendirse”
Durante su intervención en la audiencia de ayer, Ana Estrada describió ante los magistrados el por qué de su pedido por una muerte digna.
“No se trata de rendirse. No es que yo haya dejado de valorar la vida, al contrario. Esta lucha que yo emprendí hace cuatro años por el derecho a la muerte digna lo hice en principio por el compromiso y respeto a la vida que había vivido hasta ese entonces, antes de entrar a UCI y sigo manteniéndome firme en ese compromiso y la defensa de mis derechos por la vida y la libertad, por la autonomía, por el derecho a decidir hasta cuándo puedo yo tolerar sufrir. No me estoy rindiendo, no se trata de querer morir y lo dije desde el primer día que yo hice pública mi solicitud a través de mis redes”, sostuvo.
MIRA: La eutanasia: ¿Por qué es mejor hacerla legal y regularla?
Agregó: “Quiero y solicito es tomar el control de mis decisiones para poder hablar ahorita he tenido que descansar. Me he tenido que tapar la tráquea y por momentos me la destapo cuando ustedes intervienen, pero esto no lo voy a poder hacer de acá a un tiempo, por eso es que solicito y quiero reiterar que yo no estoy pidiendo morir o que me dejen morir, lo que estoy pidiendo es tomar el control, mi voluntad de mi autonomía y decisiones”.
Al ser consultada por los jueces sobre el derecho a la vida, Ana Estrada indicó que “la vida no solo es la biológica, es biográfica y por eso es que yo hago esta campaña por mi historia, no estoy haciendo ni se ha querido nunca hacer una apología o que esto se expanda a otros ámbitos”.
“Cuento con todos los cuidados paliativos, por eso puede sonar contradictorio que estoy luchando por tener una muerte digna y a la vez tenga ganas de vivir, porque de eso se trata la vida, de vivir en libertad”, expresó también.
En otro momento, Ana Estrada contó cómo es su día a día. “Actualmente estoy bajo el cuidado de personal de salud. Estoy la mayor parte del día conectada al respirador. Si bien estos 30 años de enfermedad han sido duros, lo que ha quedado íntegro ha sido la lucidez y mi conciencia mental y emocional. Creo que no hubiera tenido la fuerza suficiente si no fuera consciente de lo que me espera. Mi enfermedad no es una enfermedad terminal como un cáncer, por eso tomé la decisión de tomar el control y mi derecho a elegir”.
Antecedentes del caso
El 22 de enero del año pasado, el 11 Juzgado Constitucional de Lima declaró fundada en parte la demanda de amparo interpuesta por la Defensoría del Pueblo en favor de Ana Estrada. En la sentencia, el juez declaró inaplicable al caso el artículo 112 del Código Penal (homicidio piadoso) señalando que el Ministerio de Salud y Essalud debían adoptar acciones para garantizar que la demandante pudiera, cuando así lo considerase, ejercer su derecho a una muerte en condiciones dignas y acceder un procedimiento médico de eutanasia.
Las instituciones demandadas (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio de Salud y Essalud) declinaron la posibilidad de interponer apelaciones.
MIRA: “Soy libre, mi lucha siempre fue la defensa por el derecho a elegir”, señala Ana Estrada tras no apelación a fallo judicial
Pese a no existir apelación, el expediente fue elevado a la Corte Suprema, a fin de que esta apruebe la inaplicación efectuada del artículo del Código Penal y con ello la sentencia pueda cumplirse en el futuro.
Atendiendo a un pedido formulado por la Defensoría del Pueblo, la Sala Constitucional y social programó la vista de causa del presente proceso para el lunes 17 de enero.
En la audiencia de la víspera, también intervino el Defensor del Pueblo Walter Gutiérrez, quien confía en que esta instancia se reafirmará en la posición de la primera sentencia, que dio luz verde para que Ana Estrada tenga acceso a una muerte en condiciones dignas.
VIDEO RECOMENDADO
TE PUEDE INTERESAR
- Ventanilla: 18 mil m2 de playa contaminados por derrame de petróleo
- Pruebas COVID-19 gratuitas: ¿cómo saber si puedo ir a un centro del Minsa?
- ¿Cómo aumentaron los contagios diarios en las regiones durante las últimas semanas?
- El Perú es el segundo país de Latinoamérica con mayor crecimiento en producción científica
- Erupción volcánica en Tonga: ¿Por qué no se lanzó la alerta de tsunami en Perú?