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Piden al presidente Pedro Castillo promulgar ley que pone límites al referéndum

Movimiento ciudadano Integridad recordó al mandatario lo que dijo sobre reformas.
Pedro Castillo.

Redacción EC

19/12/2021 10H16 - ACTUALIZADO A 19/12/2021 10H16

En una carta abierta, el movimiento ciudadano Integridad solicitó al presidente Pedro Castillo que promulgue la autógrafa que señala que las reformas constitucionales deben ser aprobadas por el Congreso antes de ser sometidas a referéndum.

“Solicitamos respetuosamente a usted que, honrando sus propias declaraciones, proceda a promulgar la ley que ha sido remitida a su despacho, demostrando ante el Perú que la ‘palabra de maestro’ tiene un valor inquebrantable, y que es respetuosa de la Constitución vigente”, se lee en la carta del grupo fundado por el abogado Jorge Lazarte.

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En la misiva se recuerda el mensaje a la nación por 28 de julio, en el que Castillo mencionó que el único mecanismo para reformar la Constitución es a través del Congreso, y que el presidente no tiene facultades para convocar a referéndum de reforma constitucional.

“El Congreso ha aprobado el proyecto de ley 644-2021-CR, cuya autógrafa de ley ha sido recibida en su despacho el 17 de diciembre del 2021, a las 9:31 horas, que recoge exactamente lo dicho por usted en su mensaje a la nación, y deja en claro que no es posible convocar a un referéndum de reforma constitucional, sin aprobación previa del Congreso”, indican.

Esta semana el pleno aprobó el dictamen que plantea que toda reforma constitucional debe ser aprobada por el Congreso antes de ser sometida a referéndum. La decisión se tomó por 76 votos a favor, 43 en contra y 3 abstenciones.

La norma hace modificaciones a la Ley de los derechos de participación y control ciudadano. En el artículo 40, se incluye un texto donde se señala que solo se podrán someter a referéndum reformas constitucionales que respeten el artículo 206 de la Constitución. Indica que “toda reforma constitucional debe ser aprobada por el Congreso con mayoría absoluta del número legal de sus miembros”.

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