Cuatro miembros del Tribunal Constitucional (TC) remitieron ayer sus descargos por escrito a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales que los investiga por una presunta infracción constitucional en su resolución sobre el Caso El Frontón emitida en marzo del 2017.
Cabe anotar que Manuel Miranda (presidente), Marianella Ledesma, Carlos Ramos y Eloy Espinosa-Saldaña han sido denunciados por haber modificado el sentido de un voto sobre una sentencia que el tribunal emitió en el 2013.
En la sentencia original, se señalaba que el debelamiento del motín de terroristas en el penal de El Frontón (1986) no constituía delito de lesa humanidad. Ese enunciado fue retirado en la resolución de marzo pasado.
Miranda expresó ayer que esa denuncia es improcedente y carente de sustento. Igualmente precisó que el procedimiento legislativo que se ha abierto contra él y sus tres colegas “lesiona el debido proceso”.
A través de un pronunciamiento leído ante la prensa, el presidente del TC reiteró que los cuatro magistrados solo se limitaron a verificar el conteo de los votos de la sentencia del 2013. Ellos concluyeron que un voto tenía otro sentido. “Era deber del tribunal el subsanarlo como se hizo”, dijo.
Miranda, quien estuvo acompañado por los otros tres investigados, añadió que ellos actuaron conforme a la Constitución y a la ley y que en ningún Estado constitucional lo que hicieron podría considerarse como “vulneración de la cosa juzgada”.
—Las claves del caso—
1. ¿Qué dijo el ex magistrado Juan Vergara Gotelli en su voto?
En el 2013, el Tribunal Constitucional (TC) sentenció que los hechos del Caso El Frontón debían continuar siendo investigados por el Poder Judicial, pero no calificaban como crímenes de lesa humanidad. El entonces magistrado Juan Vergara Gotelli, quien votó con la mayoría, ratificó lo segundo en un voto individual, pero dijo también que no era competencia del TC hacer esa calificación.
2. ¿Por qué se cuestiona a los cuatro magistrados?
El TC recibió poco después un pedido de subsanación de la procuraduría del Ministerio de Justicia. El año pasado, los magistrados cuestionados resolvieron que el voto de Vergara no cuente para el extremo de la sentencia que afirmaba que los hechos no fueron crímenes de lesa humanidad. En la práctica, ello significó que ya no exista un pronunciamiento del TC al respecto.
3. ¿Era competencia del TC calificar si los hechos de El Frontón eran o no de lesa humanidad?
Antes del fallo del 2013, el TC ya había afirmado en más de una sentencia que la calificación de un delito “escapa de la competencia del juez constitucional” y “es tarea exclusiva del juez ordinario” (05197-2011-PHC/TC).