Martín Vizcarra aún no se libra completamente del caso de las pruebas rápidas de COVID-19 adquiridas por su gobierno. La Procuraduría General del Estado (PGE) solicitó a la Fiscalía de la Nación que reabra esa investigación contra el ex jefe de Estado, que fue archivada a fines de mayo.
La PGE, cuyo titular es la abogada María Caruajulca, informó mediante un comunicado que solicitaron a la fiscalía el “reexamen” o la reevaluación de su decisión. Esto “en virtud de nueve elementos de convicción (evidencia o prueba) en el caso de la adquisición de pruebas rápidas para la COVID-19″. El pedido se presentó el último viernes.
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Luego, pidieron que “en consecuencia, se disponga la reapertura de la investigación contra Martín Alberto Vizcarra Cornejo por la presunta comisión del delito de colusión; y de manera alternativa, por el delito de negociación incompatible”.
Frente al pedido de la PGE, la decisión sobre este caso recae nuevamente sobre el fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena.
¿Qué pasará con el pedido?
Recibido el pedido de la PGE, este deberá ser evaluado de forma exclusiva por el fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena, y del Área de Denuncias Constitucionales y Enriquecimiento Ilícito del Ministerio Público. Al ser una investigación preliminar, no se requiere que el archivo o la reapertura sean aprobadas por un juez.
En el 2023, la PGE presentó otro tipo de recurso, amparos ante el Poder Judicial, contra la decisión de la entonces fiscal de la Nación, Patricia Benavides, de no abrir investigación preliminar contra un grupo de congresistas. Sin embargo, estos hasta ahora no han tenido éxito.
El análisis que hará esta vez la fiscalía estará marcado por la contundencia de los “elementos de convicción” citados por la PGE en su pedido.
En diálogo con El Comercio, el penalista Andy Carrión comentó que la respuesta a este pedido “es una decisión exclusiva de la Fiscalía de la Nación”, la cual no pasa por un control del Poder Judicial. “Pueden también rechazar este pedido de la procuraduría. Quien reevalúa este tema es siempre quien ha archivado la causa, que es la fiscalía”.
En la misma línea, el penalista Carlos Caro comentó que al no haber una fiscalía superior o de “segunda instancia” en este caso, es el mismo fiscal de la Nación el único que debe decidir: “En teoría, él podría reconsiderar o anular su decisión [de archivar el caso], reabrir el caso en diligencias preliminares y ampliar la investigación. Jurídicamente, es posible”.
La PGE no precisó cuáles son los nueve elementos de convicción que han pedido evaluar a la fiscalía para reconsiderar su decisión. Al respecto, Carrión dijo que la reapertura de una investigación archivada es “complicada”, porque requiere la evaluación de nuevas pruebas o que no se hayan evaluado pruebas ya existentes.
Sobre este caso en particular, el penalista consideró que sí es posible reabrir esta investigación a Martín Vizcarra, pero “depende mucho de las pruebas nuevas que se presenten”.
“Si las pruebas nuevas que está presentando la procuraduría tienen relación con otras que ya han sido valoradas por el fiscal de la Nación para archivar, entonces ya no podría ser reabierta la investigación. Pero si son pruebas determinantes para proyectar una sospecha respecto a la comisión del delito, creo que sí podría ser reabierto. Todo depende de las pruebas que haya presentado la procuraduría”.
Carlos Caro coincidió en que son claves las nuevas pruebas que la procuraduría pide evaluar. “Necesariamente tiene que adjuntarse una propuesta de nuevas diligencias, nuevas pruebas a actuarse”.
“Cuando hay un pedido de revisión, reconsideración o nulidad, tiene que venir acompañado con una propuesta de diligencias nuevas: prueba nueva, diligencias adicionales para que el caso puede ser revisado, que lleven a la convicción de que el delito se ha cometido y de que se puede continuar con la investigación”.
Si Juan Carlos Villena decide volver a abrir o ampliar la investigación con un nuevo plazo, luego deberá tomar otra decisión: ratificar su postura de que el caso debe archivarse o presentar una denuncia constitucional ante el Congreso para levantar la inmunidad de Martín Vizcarra y abrirle un nuevo proceso judicial .
Vizcarra y las pruebas rápidas
Este caso surgió a partir de una denuncia de la exprocuradora Katherine Ampuero en marzo del 2021. En junio del 2022, durante la gestión de Pablo Sánchez como fiscal de la Nación, se abrió la investigación preliminar contra a Martín Vizcarra y a sus exministros María Antonieta Alva (Economía), Elizabeth Hinostroza (Salud) y Víctor Zamora (Salud).
La investigación preliminar se realizó entre junio del 2022 y junio del 2023. Es decir, casi en su totalidad durante la gestión de Patricia Benavides como titular del Ministerio Público. Sin embargo, la ex fiscal de la Nación no llegó a pronunciarse respecto a si archivaba el caso o si presentaba denuncia constitucional para seguir investigando.
Recién el pasado viernes 31 de mayo, tras evaluar los hechos investigados por su antecesora, el actual fiscal de la Nación decidió archivar el caso. Esto tras concluir que no se encontraron elementos que evidencien un direccionamiento u otras irregularidades en la adquisición de esas pruebas.
El caso tuvo como punto central una reunión del 18 de marzo del 2020 en la sede del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) en la que habrían participado los investigados, funcionarios de ese sector y del sector Salud, y representantes de empresas farmacéuticas. Días después, se hizo una convocatoria para la adquisición de pruebas rápidas que fue ganada por dos empresas cuyos representantes estuvieron en esa reunión.
La hipótesis de la denuncia y la investigación preliminar fue un presunto “acuerdo subrepticio” para favorecer a las empresas en ese proceso. Además, se alegó que el Ejecutivo optó por comprar pruebas rápidas “sin sustento científico”, ya que organizaciones como la OMS recomendaban el uso de pruebas moleculares o PCR.
Sin embargo, en su disposición de archivo de la investigación, el fiscal indicó que no se halló evidencia objetiva de un acuerdo ilícito (colusión) para favorecer a las empresas o un direccionamientos en la compras. También se halló que las compras se hicieron por requerimientos del Instituto Nacional de Salud (INS).
“No se advierte información idónea que revele la presunta comisión de los delitos investigados [...] No se desprende que los altos funcionarios investigados hayan mostrado interés indebido en esta adquisición”, concluyó Villena. Frente al pedido de la procuraduría, el mismo fiscal deberá evaluar ahora si cambia esa conclusión.
La decisión del Ministerio Público fue rechazada por algunos congresistas, entre ellos Héctor Ventura (Fuerza Popular), expresidente de la Comisión de Fiscalización. Durante su gestión, ese grupo de trabajo emitió un informe sobre este mismo caso en el que sí hallaron indicios para denunciar constitucionalmente al expresidente por este caso.
Por su parte, Martín Vizcarra celebró el archivo de esta investigación como una reivindicación de las acciones de su gobierno durante la pandemia. “La justicia ha prevalecido y se ha reconocido que no existió delito alguno en mi actuación como presidente”, dijo en un comunicado.
Sin embargo, la misma fiscalía actualmente investiga presuntos actos de corrupción de Martín Vizcarra durante su presidencia en los casos ‘Richard Swing’ y ‘Los Intocables de la Corrupción’. Además, está en trámite en el Congreso una denuncia constitucional para levantar su inmunidad y poder procesarlo por el caso ‘Vacunagate’, también durante su gestión como presidente.
Adicionalmente, el Poder Judicial tiene pendiente programar una fecha para el inicio del juicio contra Martín Vizcarra por el caso de las presuntas coimas de empresas constructoras que habría recibido cuando era gobernador de Moquegua. Allí se enfrenta a un pedido fiscal de 15 años de cárcel.
Por otro lado, en su disposición de archivo del caso de las pruebas, el fiscal Villena dio a entender que su decisión no significa que no se hayan tomado decisiones equivocadas durante el manejo de la pandemia. Ello al advertir que se deben distinguir entre las “decisiones deficientes o inadecuadas” en políticas de salud públicas, como el uso de pruebas rápidas, y “las conductas de carácter delictivo”.
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