Poder Judicial ordena reponer a Rafael Ruiz Hidalgo como miembro titular de la Junta Nacional de Justicia

El Primer Juzgado Constitucional de Lima declaró fundado en parte el amparo presentado por el magistrado y ordenó a la Junta Nacional de Justicia (JNJ) restituirlo en el cargo en un plazo de cinco días
La resolución judicial ordena que la JNJ lo reponga en sus funciones en un plazo máximo de cinco días.

El Poder Judicial del Perú ordenó la reposición de como miembro titular de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), luego de declarar fundado en parte el proceso de amparo que presentó tras haber sido vacado del cargo.

La decisión fue emitida por el Primer Juzgado Constitucional Permanente de Lima, que concluyó que la JNJ vulneró derechos constitucionales de Ruiz Hidalgo al destituirlo por no haber consignado una sentencia firme por prevaricato en su postulación al organismo.

La resolución judicial ordena que la JNJ lo reponga en sus funciones en un plazo máximo de cinco días. Además, Ruiz Hidalgo solicitó la actuación inmediata de la sentencia para concretar su reincorporación.

El fallo sostiene que la JNJ excedió sus competencias al interpretar los efectos vigentes de la condena penal que recaía sobre Ruiz Hidalgo, atribuyéndose facultades que correspondían únicamente al juez penal.

Según la sentencia, el exmagistrado fue condenado en 2010 por el delito de prevaricato a tres años de prisión suspendida e inhabilitación por un año. Sin embargo, el expediente penal fue archivado en 2020 y, al momento de su designación como integrante de la JNJ en 2024, no registraba antecedentes penales.

El juzgado cuestionó además que la JNJ haya determinado por cuenta propia que Ruiz Hidalgo incumplió reglas de conducta derivadas de la sentencia penal, pese a que —según señala la resolución— dicha evaluación solo podía ser realizada por la justicia penal.

La sentencia concluye que la separación de Ruiz Hidalgo afectó su derecho al trabajo y al ejercicio de la función pública, al haberse sustentado en una interpretación administrativa que “excedió el marco de competencia” de la JNJ.

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