El artículo 199 del Reglamento Nacional de Tránsito hace mención sobre el uso obligatorio de las luces direccionales cuando el usuario desee girar o cambiar de carril mientras esté en la vía pública. Sin embargo, por motivos de fuerza mayor, el conductor puede utilizar señales manuales de la siguiente forma: Hacia la izquierda: el brazo, antebrazo izquierdo y mano deberán estar extendidas horizontalmente fuera del vehículo. Hacia la derecha: Antebrazo izquierdo y mano extendida hacia arriba fuera del vehículo (ángulo recto con el brazo).
:quality(75)/cloudfront-us-east-1.images.arcpublishing.com/elcomercio/U4G5GE7QLFD5BDEFGHPNZ3ATY4.jpg)
NO TE PIERDAS




