A través de Normas Legales, ayer se promulgó la Ley que establece el derecho de las personas naturales a la devolución automática de los impuestos pagados o retenidos en exceso. Dicho proceso, tal como fue anunciado, será ejecutado por la Sunat.
La Sunat informó dos semanas atrás que los trabajadores que recibieron rentas de quinta categoría (planilla), durante el año pasado, pueden consultar si deberán recibir una devolución de impuestos a través de su página web www.sunat.gob.pe y su aplicativo.
El ente recaudador precisó que, además de estar en planilla, el ingreso de los trabajadores en el 2017 tuvo que ser mayor a S/28.350 y haber incurrido en gastos considerados deducibles. El monto a deducir es hasta 3 UIT (S/12.150).
Asimismo, los que tuvieron solo rentas de cuarta categoría, deberán continuar realizando -de forma online- su declaración jurada anual y solicitud de devolución. Así explicó la Sunat ya que, en esta primera etapa, la devolución que se depositará durante abril aplicará solo para los trabajadores con rentas de quinta categoría (en planilla) obtenidas en el 2017.
¿Tendrás derecho a una devolución de impuestos por parte del ente recaudador? Revisa con nosotros esta galería para conocer los pasos que debes seguir desde la página de la Sunat.
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