El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) anunció la refacturación a nivel nacional de todos aquellos recibos de luz que no estén sustentados en lecturas tomadas en los medidores, a partir del 30 de junio.
A través de un comunicado, precisó que la labor de supervisión sobre la facturación y liquidaciones de consumos es continua y se procederá a imponer las sanciones correspondientes ante vulneraciones a la normativa aplicable.
MIRA: Indecopi exige a Clorox Perú informar sobre medidas adoptadas tras retiro de Poett
“Asimismo, en los casos en los que la lectura del medidor confirme que el consumo real ha sido menor al facturado, la empresa deberá devolver lo pagado en exceso en una sola oportunidad, o proceder a refacturar en caso que no se hubiera pagado”, detalló.
El Osinergmin también ha dispuesto que las empresas adopten las medidas necesarias para que los usuarios puedan absolver sus dudas y presentar reclamos de manera ágil y eficiente, evitando aglomeraciones como las ocurridas en Santa Anita y San Juan de Miraflores.
Asimismo, el organismo regulador enfatizó que continúa con los procesos de supervisión y sanción correspondientes.
De otro lado, el Osinergmin publicó este viernes en el Diario Oficial el Procedimiento de aplicación del “Bono Electricidad” que beneficiará aproximadamente a 5.4 millones de familias (más de 20 millones de habitantes) a nivel nacional.
Recordó que hace unos días aprobó un procedimiento según el cual las empresas no podrán condicionar la atención del reclamo al pago previo ni efectuar el corte del servicio mientras exista un reclamo en trámite.
- Día del Pollo a la Brasa: ¿cuáles son las expectativas de las principales cadenas?
- Venta de autos eléctricos e híbridos avanza contracorriente en la primera mitad del 2020
Informó que es obligatorio para las empresas informar claramente al usuario cómo facturó y liquidó sus consumos, así como la política de fraccionamiento de su deuda sin intereses y sobre el “Bono Electricidad”.
“Si el usuario no está satisfecho con la explicación brindada, la empresa emitirá una resolución en un máximo de 30 días hábiles, culminado el cual, de no haber pronunciamiento, el reclamo resultará favorable al usuario”, subrayó.
“Asimismo, si el usuario no está conforme con lo resuelto por la empresa, podrá impugnar tal pronunciamiento para que Osinergmin intervenga y solucione el reclamo”, añadió finalmente el organismo regulador.
TE PUEDE INTERESAR
- Aeropuertos del Perú: Tenemos proyectos por US$800 millones a la espera de respuesta del Estado
- Gobiernos subnacionales podrán disponer del canon y endeudarse a un mayor nivel para dinamizar inversiones
- Jockey Plaza: “El flujo de visitas al día solo se ha reducido en 40% desde que reabrimos”
- ¿Es viable reducir impuestos a la gastronomía en Perú ante efectos de pandemia, como se hace en Alemania?
- Transferencias electrónicas crecieron 13% a mayo, mientras uso de tarjetas de crédito cayó 25%