MEF: inversión pública se incrementó en 28% en enero
MEF: inversión pública se incrementó en 28% en enero

El Congreso aprobó hoy de manera definitiva el proyecto presentado por el Ejecutivo que busca reducir el Impuesto a la Renta a personas y empresas para promover la reactivación de la economía. Sin embargo, a juicio de Marcial García Shreck, gerente de Impuestos de la consultora , esta bienintencionada norma podría terminar siendo contraproducente para la inversión privada. 

"Esta norma representa un riesgo para la en general, pues genera un incentivo para que las empresas adelanten la repartición de sus utilidades entre los accionistas para evitar pagar tasas más altas después y porque cambian las reglas de juego para importantes proyectos de inversión, lo cual podría ahuyentar a inversionistas interesados en el sector minero peruano", explicó el analista de EY (antes ERnst & Young).

¿QUÉ DICE LA NORMA?

Como se ha informado, la autógrafa reduce el Impuesto a la Renta para las las empresas de 30% a 28% entre el 2015 y el 2016, a 27% entre los años 2017 y 2018 y a 26% desde el 2019. Sin embargo, al mismo tiempo eleva el impuesto a los dividendos -que se aplica cuando se distribuyen las utilidades a una persona natural (accionista)  o a una empresa domiciliada en el extranjero- a 6,8% entre 2015 y 2016, a 8% en el 2017 y 2018 y a 9,3% desde el 2019. 

Con estos dos cambios, de acuerdo con el ministro de Economía y Finanzas, Alonso Segura, la tasa efectiva que pagan las empresas se mantiene en el mismo nivel actual, alrededor del 33%. Sin embargo, al gravar con una mayor tasa la repartición de utilidades, supuestamente se incentiva la reinversión de utilidades, uno de los principales objetivos de la norma.

García Shreck detalló que el subsana una de las principales observaciones que se hacían al original enviado por el Ejecutivo, pues en este se ordenaba gravar con el impuesto a los dividendos a las transferencias de utilidades entre personas jurídicas domiciliadas en el Perú.

, esto desincentivaba en la práctica que los grupos económicos utilicen las utilidades de una de sus empresas para reinvertirlas estratégicamente en otras. 

MEJOR REPARTIR AHORA

Sin embargo, el gerente de Impuestos de EY advirtió que la norma aprobada sigue sin incentivar, precisamente, la reinversión de las utilidades de las empresas en el país.

"Lo que se está haciendo al elevar el impuesto a los dividendos es aumentar la proporción de carga tributaria que recae sobre los accionistas y desincentivar la distribución de utilidades corriente. Sin embargo, como la tasa va subiendo en el tiempo, en la práctica se está desincentivando que las empresas esperen para repartirlas", explicó. 

Efectivamente, García Shreck señala que en el caso de las utilidades del 2015 o 2016, sujetas a un Impuesto a la Renta de 28% por empresa, si no se distribuyen dividendos en esos años, en lugar de aplicarse una retención de 6,8%, se termina aplicando la tasa de 8% si la distribución es en 2017/2018 o de 9,3% si es a partir del 2019.

En ese supuesto, la tasa efectiva (considerando impuesto a la empresa y al accionista) pasa a ser de 33,76% (distribución en 2017/18 con tasa 8%) o 34,69% (distribución en 2019 con tasa 9,3%) respectivamente, en lugar de 32,89% (si fuera hecha en 2015/16).

"Esto genera una distorsión que hará que las empresas que esperen para distribuir sus dividendos terminen pagando más impuestoshasta que la restructuración de las tasas se haga permanente en el 2019. Si las firmas ven que, mientras más difieren la repartición, más caro les va a costar, se darán cuenta que más bien, tienen incentivos para repartirlas lo más pronto posible", dijo. 

Explicó que esto se hubiera evitado si es que el Congreso modificaba la norma para que la tasa de impuesto a los diviendos que se aplique siempre fuera la correspondiente al año en el que se generaron las utilidades. 

ESTABILIDAD JURÍDICA

De otro lado, resaltó que tampoco se ha subsanado el que tendrá el aumento del impuesto a los dividendos en las firmas que tienen convenios de estabilidad tributaria con el Estado peruano, especialmente las compañías mineras, para las cuales la estabilidad tributaria -el compromiso de que no se modifiquen las tasas de los impuestos que pagan- solo se aplica al Impuesto a la Renta y no a los dividendos. 

"Tratándose de empresas con estabilidad tributaria que tengan una tasa de Impuesto a la Renta estabilizada de 32%, la tasa efectiva podría llegar a 38,70% si la distribución de utilidades se realiza en el 2019 con una tasa de 9,3% y su carga tributaria total puede elevarse por encima del 55%, cuando la reforma tributaria del 2011 buscaba que la carga no se ubique por encima de 50%", explicó el abogado. 

Detalló que la norma excluye del aumento del impuesto a los dividendos a las empresas bajo regímenes especiales como los Ceticos, la Ley de Promoción de la Invesión en la Amazonía, la Ley de Promoción del Sector Agrario y la de zonas altoandinas. "Que no se haya hecho lo mismo con las empresas que tienen convenios de estabilidad tributaria es discriminatorio"; dijo. 

Detalló que muchos de los grandes proyectos mineros en marcha, como la ampliación de , , y están entre las inversiones millonarias que se afectarían con esta norma. 

"Cambios en las reglas de juego como este solo contribuyen a desalentar las inversiones, especialmente las mineras, pese a la importancia que tiene este sector para la economía peruana. Por eso considero que estas dos fallas de la norma podrían afectar la inversión privada en general", dijo. 

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