BCP: economía peruana se habría expandido 4,8% en enero
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La reciente normativa que redujo el Impuesto a la Renta (IR) haría algunas modificaciones de manera unilateral a los convenios de estabilidad para un grupo de empresas –no incluidas las mineras ni de hidrocarburos–, medida que sería inconstitucional, según Orlando Marchesi, socio líder de impuestos y servicios legales de .

La mencionada norma está condicionando a que tanto el accionista como el inversionista renuncien a la vez a sus respectivos convenios de estabilidad para que se pueda acceder al beneficio de una menor tasa de IR, dice Marchesi.

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Explica que hoy en día el inversionista o el accionista pueden suscribir en forma independiente convenios con el Estado. “De hecho, puede ocurrir que el inversionista suscriba un convenio de estabilidad; mientras que el receptor de la inversión no cuente con un convenio”, sostiene.

Sin embargo, la lógica del Gobierno Central es que ninguno, ni el accionista o el inversionista, salgan de su esquema de pago de tasa combinada de 32,87%, para incentivar la reinversión de utilidades.

Al establecer este condicionamiento, Marchesi consideró que las empresas podrían, en respuesta, recurrir al arbitraje internacional, una acción de inconstitucionalidad o iniciar un proceso ante el Poder Judicial contra el Estado.

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