Renta Joven: Ley de subsidios para alquilar viviendas es promulgada y criticada

Solo hace falta el reglamento para que entre en vigencia. Los beneficiados de esta ayuda estatal aquellos entre 18 y 40 años. Medida es criticada por no apuntar a un público con mayores necesidades
Bono Mi alquiler

El subsidio ha cambiado de nombre varias veces, pero el objetivo de ayudar con recursos del Estado en el arrendamiento de una vivienda para personas que están entre los 18 y 40 años se mantiene. La ley conocida como Renta Joven (o Bono Mi Alquiler) fue promulgada por el Ejecutivo, por lo que solo resta que el reglamento sea publicado para que entre en vigencia de manera oficial. 

El Bono de Arrendamiento para Vivienda, según explicó en su momento el autor original de la propuesta, el congresista Carlos Bruce, está dirigido para aquellos que estén buscando alquilar un espacio que no cueste más de S/1.500 al mes (este monto podría ser modificado en el reglamento pendiente, el cual deberá ser publicado en un plazo no mayor de 30 días contados a partir del viernes 31 de mayo). 

►Se promulgó Bono Mi Alquiler: ¿en qué casos las personas podrían perder el subsidio?►Bono Mi Alquiler debería incluir a adultos mayores y damnificados, según Capeco

Si se tiene en cuenta este monto máximo, el bono calculado no excederá S/500. Según Bruce, el 70% de este monto (S/350) se destinará al alquiler y el 30% restante (S/150) a un fondo de ahorro forzoso que garantizará, después de cinco años, tener la totalidad o parte de la cuota inicial para una vivienda nueva en programas como Techo Propio (Fondo Mivivienda).

LA POLÉMICA DEL SUBSIDIO

Como se indicó en este Diario apenas fue presentada esta iniciativa, la decisión de subsidiar o no alguna actividad ya de por sí es compleja. La elección de orientarlo a un sector poblacional con el 30% de sus alquileres mensuales de viviendas por un periodo de cinco años despierta adicionalmente interrogantes sobre los motivos para hacerlo por encima de otros, tales como familias en extrema pobreza, adultos de la tercera edad o madres solteras de 40 años o más.

En este sentido, por ejemplo, David Ramos, ex viceministro de Vivienda, señalaba que “si alguien va a poner restricciones para dirigir los recursos, debería empezar por las personas más vulnerables que no pueden tener un trabajo, por ejemplo, madres solteras de condición económica baja y los niños de estas familias”.

(Foto: USI)

De igual manera, la Cámara Peruana de la Construcción (Capeco) ha venido cuestionando que los beneficiarios del programa de subsidio de alquileres solo considere a las familias jóvenes y no a otros sectores desatendidos, como las personas de la tercera edad.

“No entendemos por qué se limita a los jóvenes. Nosotros creemos que las personas de la tercera edad son un mercado muchísimo más atractivo para eso”, señaló Guido Valdivia, director ejecutivo de Capeco.

DESALOJO CASI INMEDIATO

Junto con el subsidio para alquileres, el Ejecutivo ya promulgó la ley del desalojo notarial 'express' de inquilinos morosos. Según explicó Bruce en su tercera incursión como Ministro de Vivienda, ambos proyectos deben ir de la mano, promoviendo el mercado de alquiler de viviendas y asegurando que los inquilinos puedan ser desalojados si incurren en faltas.

Con la norma se buscar colocar en los contratos de alquiler una cláusula de allanamiento en favor del propietario, con el fin de que este pueda recuperar su inmueble por la resolución del contrato por falta de pago.

Asimismo, el juez de lugar o notario público deberá ordenar el desalojo en quince días hábiles, si el arrendatario no acredita la vigencia del contrato de alquiler o la cancelación de lo adeudado en un plazo inicial de seis días hábiles.

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