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Agencia AP
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El Congreso de la República publicó hoy, domingo 31 de julio, la ley que autoriza, excepcionalmente y por única vez, en el marco de la emergencia sanitaria del coronavirus, el cambio de contrato CAS-COVID a contrato CAS al personal asistencial en el sector salud. Esta norma tiene como finalidad de uniformizar las condiciones laborales como forma de garantizar el derecho al trabajo en igualdad de condiciones.
De acuerdo a la Ley Nº 31539, esta disposición es aplicable únicamente al personal asistencial y administrativo con contrato CAS-COVID que labora en el Ministerio de Salud, sus organismos públicos, gobiernos regionales, Sanidades de las Fuerzas Armadas, Sanidad de la Policía Nacional del Perú y el Seguro Social de Salud (Essalud).
Para el proceso de cambio de contrato CAS-COVID a contrato CAS, se deben cumplir los siguientes requisitos:
Cabe indicar que la presente ley, dispone que el Minsa, sus organismos públicos, gobiernos regionales, Sanidades de las FF.AA., Sanidad de la PNP y EsSalud efectúen el cambio de contrato CAS-COVID a contrato CAS al personal asistencial en el sector salud en un plazo no mayor de 30 días calendario.
De igual forma, el personal asistencial, técnicos y auxiliares contratados bajo la modalidad CAS-COVID, y que por concurso ingresó al CAS, puede retornar a las plazas que ocupaban antes de la dación de los decretos de urgencia que les asignó esta modalidad especial de contratación laboral, siempre y cuando estas plazas no hayan sido concursadas.
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Agencia AP
Agencia EFE
Sandra Morales Gonzales
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Oscar Guerrero Tello