El Ministerio de Salud (Minsa) informó que ya no será necesario que los trabajadores presenten el resultado de una prueba molecular o de antígeno, así como tampoco un certificado de descanso medico para comenzar el aislamiento comunitario ante la presencia de síntomas compatibles a un contagio de COVID-19.
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A través de un comunicado, el sector Salud indicó que todo trabajador con síntomas compatibles con COVID-19 debe retornar o permanecer en su domicilio para el aislamiento médico correspondiente. Esto, de acuerdo con la disposición 2 de la Directiva Administrativa 321-MINSA/DGIESP-2021, documento que establece las disposiciones para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a SARS-CoV-2.
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“El trabajador que realice el aislamiento en el ámbito comunitario no es necesario la presentación de un documento que otorgue el descanso médico o el resultado de una prueba molecular o de antígeno para detección de COVID-19, debiendo comunicar al empleador su estado de salud para el seguimiento correspondiente”, remarca el Minsa.
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Post aislamiento
El ministerio detalló que los trabajadores que retornen a laborar post aislamiento deberán presentar su constancia de descanso médico, la cual podrá ser expedida mediante las siguientes opciones:
- Llamando a la Línea 113 o las líneas habilitadas por las Direcciones Regionales de Salud (Diresa) o Gerencias Regionales de Salud (Geresa).
- Ingresando al sistema de https://teleatiendo.minsa.gob.pe/ (en estas dos opciones, el certificado será enviado a su correo o celular luego de la atención médica, en un plazo no mayor a 24 horas).
- Siendo atendido por un médico del sistema público o privado.
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El sector exhortó a los empleadores al cumplimiento de la normativa vigente para evitar la transmisión de COVID-19 en el centro laboral, considerando que el Perú se encuentra en la tercera ola pandémica.
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