La norma considera como sorbete a la cánula, cañita, popote o pajilla de plástico para sorber líquidos de un vaso a la boca. (USI)
La norma considera como sorbete a la cánula, cañita, popote o pajilla de plástico para sorber líquidos de un vaso a la boca. (USI)
Redacción EC

El Concejo Distrital de La Punta prohibió el uso, la venta y la distribución gratuita en los locales comerciales, prestadores de servicios y otros, de "cañitas" o sorbetes y bolsas plásticas.

La ordenanza, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, señala que quedan exceptuadas de la norma las "cañitas" de papel o bambú y de acero. Además, se exceptúa el uso inevitable por necesidad física o salud.

La norma otorga un plazo de dos años para que los establecimientos comerciales se adecuen de manera progresiva y cambien las cañitas y bolsas plásticas por productos que no generen daño para el medioambiente.

Una vez concluido ese plazo se aplicarán multas y sanciones. Ante una primera infracción se aplicará una notificación educativa, pero en el caso de reincidencia se le sancionará al establecimiento una sanción pecuniaria equivalente al 10 % de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), es decir S/ 415.

Según la información municipal, si se detectara la comisión reiterada de la falta se puede aplicar la clausura temporal o definitiva del local.

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