Regulan el uso de los equipos de rayos X en aplicaciones dentales

El Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN) exigirá que equipos de rayos X dentales pasen control de calidad cada año y continúo mantenimiento
El IPEN regula el uso de los equipos de Rayos X en aplicaciones dentales para garantizar el uso seguro de las fuentes de radiación en pacientes.

El Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN), en su calidad de Autoridad Nacional en Seguridad Radiológica, intensifica la fiscalización del uso seguro de equipos de rayos X en aplicaciones odontológicas y médicas en todo el país.

LEE AQUÍ: Supermanzanas en Lima: el estado de los proyectos en Surco, Surquillo y Miraflores y el préstamo del Banco Mundial que no se aprovechó

Mediante la R.P. N° D000084-2026-IPEN-PRES, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el IPEN dispone el control estricto de centros de diagnóstico por imágenes y consultorios dentales que utilizan fuentes de radiación ionizante.

El objetivo es garantizar mayor seguridad, equipos supervisados y reducir la exposición a la radiación en pacientes que reciben tratamientos de caries, implantes y ortodoncia, especialmente en grupos vulnerables como niños y madres gestantes.

Para ello, los equipos de rayos X de uso dental deberán pasar por pruebas de control de calidad de forma anual y un mantenimiento correctivo cada vez que la institución lo solicite. Estos requerimientos buscan reducir el riesgo radiológico y la dosis de radiación que recibirán los pacientes.

“El IPEN trabaja para que todas las instalaciones del Perú que operen con fuentes de radiación ionizante estén registradas y autorizadas antes de iniciar sus actividades”, señaló Marco Munive Sánchez, director de la Oficina Técnica de la Autoridad Nacional (OTAN) del IPEN.

Precisó que solo los profesionales de la salud debidamente calificados y con licencia otorgada por el IPEN podrán operar equipos para realizar radiografías dentales, tales como equipos periapicales, cefalométricos y tomográficos, los cuales sirven para un diagnóstico más detallado.

Esta disposición se sustenta en la Ley N° 28028 y su reglamento D.S. N° 038-2008-EM, así como en el Reglamento de Seguridad Radiológica D.S. N° 009-97-EM. La normativa se basa en justificar, optimizar y limitar la exposición a la radiación.

Esto implica que cada examen debe ser clínicamente justificado, que los ambientes cuenten con señalización sobre riesgo radiológico y que se apliquen medidas de protección, sobre todo en gestantes. De ser necesaria la exposición, se deben aplicar las medidas de protección para minimizar las dosis al feto o embrión.

El IPEN fiscalizará e iniciará medidas coercitivas a las instituciones que operen sin registro de instalación o sin personal licenciado. Las sanciones administrativas van desde amonestación y multas de hasta 2 UIT y, en caso de reincidencia, podrían generar hasta decomiso de fuente emisora de radiación.

Conforme a los criterios de

Saber más

Más en Sucesos

Una imagen de casi cinco pisos frente al mar: cómo se construye la estatua de León XIV en el Callao

Gremios de transporte se pronuncian a favor de que las multas sean más justas y acordes con la gravedad de las infracciones

La ATU propone reducir 41 sanciones muy graves al transporte: ¿Qué ocurrirá con quienes ya pagaron las multas bajo el régimen anterior?

Fusión 2026: Así se inauguró la feria gastronómica con una variada oferta culinaria | FOTOS

Poder Ejecutivo designa a Abraham Lescano Salazar como nuevo jefe del INPE

Minsa refuerza llamado a la donación voluntaria de sangre y plaquetas para niños del INSN de San Borja

Contenido GEC

Contenido GEC

Contenido sugerido

Contenido GEC