El Congreso de la República aprobó este miércoles 20 de noviembre otorgar una asignación especial mensual a los comandos que participaron en el operativo militar Chavín de Huántar, llevado a cabo el 22 de abril de 1997.
Por 77 votos a favor, 18 en contra y 13 abstenciones, la representación nacional dio luz verde al dictamen del proyecto de ley 8242, sustentado por la presidenta de la Comisión de Defensa, Adriana Tudela (Avanza País).
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Asimismo, por 83 votos a favor, 21 en contra y 11 abstenciones, el documento fue exonerado de segunda votación, con lo cual será remitido al Poder Ejecutivo para su eventual promulgación u observación.
Previamente, con 54 votos en contra, el pleno rechazó una cuestión previa presentada por Héctor Valer (Somos Perú) para que el dictamen retornara a las comisiones de Defensa y Presupuesto.
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La finalidad de la ley es reconocer la labor que realizaron los comandos militares participantes en el operativo militar Chavín de Huántar por las acciones desplegadas en el rescate de 72 rehenes en la residencia del embajador de Japón.
¿Qué dice la ley aprobada?
La norma plantea otorgar a los comandos militares que participaron en la acción militar una asignación especial mensual ascendente a S/ 2.550 por persona.
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Dicha asignación no es aplicable al personal militar que percibe la bonificación mensual establecida en los artículos 5 y 10 de la Ley 24053, que denomina “Campana Militar de 1941″ a quienes participaron en el conflicto con Ecuador en aquel año.
Asimismo, se precisa que es un reconocimiento estatal, no tiene carácter ni naturaleza remunerativa, no es transferible, no es pensionable ni hereditario, y no se encuentra afecta a cargas sociales.
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Del mismo modo, no constituye base de cálculo para el reajuste de la Compensación por Tiempo de Servicios o cualquier otro tipo de bonificaciones, asignaciones o entregas, y que cualquier acto administrativo que disponga lo contrario es nulo de pleno derecho.
La asignación se hará efectiva a partir de la inscripción de dicho beneficio en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico (AIRHSP).
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Para tales efectos, se autoriza a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) a registrar de oficio dicha asignación en el AIRHSP, para lo cual el Ministerio de Defensa remitirá la solicitud de actualización con la relación de beneficiarios respectiva.
“Se excluye del presente beneficio a los comandos militares que tengan sentencia firme condenatoria por la comisión de delito doloso”, precisa la norma.
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