
El Congreso de la República publicó este lunes 10 de marzo en el diario oficial El Peruano el dictamen que restituye la detención preliminar judicial en casos de no flagrancia.
Se trata de la autógrafa de ley que restituye y modifica el literal a) del numeral 1 del artículo 261 del Nuevo Código Procesal Penal, Decreto Legislativo 957.
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El pasado 6 de marzo la representación nacional había aprobado por 86 votos a favor, 6 en contra y cero abstenciones, el dictamen de insistencia de la referida autógrafa que había sido observada por la Presidencia de la República.
El Ministerio Público había advertido que con la Ley 32181, promulgada en diciembre del 2024, no se puede solicitar la detención preliminar por delitos graves como corrupción, trata de personas, feminicidio y secuestro.
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Entre otros ilícitos también resaltan el cohecho, la colusión, el peculado y la aportación ilícita a campañas políticas.
La Comisión de Justicia y Derechos Humanos descartó las observaciones que hizo el gobierno de Dina Boluarte y dio luz verde a la insistencia el pasado 5 de febrero.
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En diciembre del año pasado el Parlamento había enviado la autógrafa al Poder Ejecutivo, pero esta fue observada en enero faltando un solo día para que venza el plazo de ley.
Cabe indicar que la norma publicada en el boletín de Normas Legales lleva las firmas del presidente del Congreso, Eduardo Salhuana (Alianza para el Progreso), y de la primera vicepresidenta, Patricia Juárez (Fuerza Popular).
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