La señora Nadine Heredia será investigada por lavado de activos. Se trata de la esposa del presidente de la República y además presidenta del partido de gobierno.
La primera dama acaba de ser incluida en la investigación al Partido Nacionalista por lavado de activos. Antes había ganado un hábeas corpus para impedir la reapertura de una investigación previa.
La razón que dan los jueces de haber otorgado la garantía es que ella no puede ser investigada dos veces por las mismas imputaciones de la fiscalía. Uno de los magistrados que resolvió a favor ha reconocido que la objeción a reabrir el caso no fue de fondo, sino formal. Se puede abrir una carpeta fiscal, ha dicho, si aparecen nuevos hechos o si se demuestra que el archivamiento se dio sin la debida fundamentación.
Para hacerlo, advierte Hermilio Vigo Zevallos, de la Sexta Sala Penal para Reos Libres, “se requieren procedimientos establecidos” (“La República”, 25.9.15, p. 9). La reapertura del caso tuvo que hacerla un fiscal provincial y no uno superior, ha señalado.
Tal error procesal se puede subsanar, de manera que el hábeas corpus otorgado no es de acero sino de hojalata. Está asentado en la arena movediza de los tecnicismos, no en el fondo de un derecho conculcado.
La fiscalía tendrá que determinar, según los procesos que vigila escrupulosamente el juez amparante, cómo se replantea la investigación con el nuevo elemento de las famosas agendas. Independientemente de ello, tendrá que resolverse el hábeas corpus en el Tribunal Constitucional.
La autoridad de la cosa juzgada, ha señalado el Tribunal Constitucional, “es la prohibición de que por los mismos fundamentos se pueda volver a juzgar a la misma persona” (Exp. Nro. 4587-2004-AA/ TC). Es decir, se puede volver a investigar si hay fundamentos distintos. Y los hay.
La investigación original fue clamorosamente negligente. No indagó sobre los contratos con los que Nadine Heredia avaló sus ingresos.
Hoy hay información sobre el carácter simulado de sus servicios y contratos. No la condenamos de antemano, pero es evidente que esos contratos y servicios tienen que ser investigados.
Se tienen que hacer diligencias ante bancos, peruanos y del extranjero. Tiene que hacerse con mandato de la autoridad.
Para que haya mandato debe rehacerse la investigación que se realizó con flagrante negligencia. El hábeas corpus es una acción de garantía, no de blindaje.
Recoger documentos y aceptarlos sin preguntar sobre su origen no puede considerarse una investigación fiscal.
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Indagarán a @NadineHeredia por supuesto lavado de activos en campañas electorales ► http://t.co/yO72AF8XZY pic.twitter.com/Yvududc5Zr— Política El Comercio (@Politica_ECpe) septiembre 26, 2015