Redacción EC

¿ en las de Ecuador? Te contamos cómo puedes hacer la consulta con tu cédula para saber tu lugar de votación en los comicios del 5 de febrero. En esta jornada, millones de ecuatorianos participarán de las elecciones en Ecuador en donde elegirán a sus autoridades y responderán al pedido popular sobre diversos temas de interés en el país. Para que puedas sufragar sin ningún problema te dejamos el link del CNE y más detalles de los comicios.

¿Dónde votar en las Elecciones 2023 de Ecuador vía CNE?

Según medios de comunicación ecuatorianos, para saber dónde votar las elecciones, las formas más comunes son a través de la web del Consejo Nacional Electoral (CNE) y la aplicación móvil de la institución para las elecciones de 2023.

En este mismo apartado saldrá la información en la parte inferior si es que forma parte de una junta receptora del voto, es decir si eres miembro de mesa. Para conocer en la web del CNE dónde se debe ir a sufragar las próximas seccionales hay que seguir los siguientes pasos:

  • Ingresar al .
  • Ingresar cédula y fecha de nacimiento.
  • En este lugar se presentará el recinto, la junta, dirección del lugar donde debe ir a votar, provincia, cantón, circunscripción, parroquia y zona.
  • Para consultar si es miembro de una junta receptora del voto, deberá ingresar al mismo link y en la parte inferior saldrá una información si es parte de una junta receptora del voto.

¿Qué se sabe sobre las Elecciones Seccionales 2023 de Ecuador?

En Ecuador, las elecciones seccionales (provincias, municipios y parroquias), de designación de los miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) y de un referéndum convocado por el Ejecutivo, previstas para el próximo 5 de febrero, serán las primeras en contar con debates seccionales obligatorios, ya realizados en días pasados, en 17 provincias y 21 cantones, jurisdicciones que cuentan con más de 100.000 electores.

Puntualmente, en Ecuador se elegirán a alcaldes, prefectos, concejales, vocales de las juntas parroquiales y a siete vocales del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs). El periodo oficial de campaña electoral para las elecciones seccionales, CPCCS (que designa a las autoridades de control) y para el referéndum 2023 en Ecuador inició desde las 00:00 (05:00 GMT) del 3 de enero y se extenderá hasta las 23:59 (04:59 GMT) del 2 de febrero.

La campaña en Ecuador también rige para otra consulta popular local, la creación del cantón (municipio) Sevilla Don Bosco, en la provincia amazónica de Morona Santiago. Los ecuatorianos residentes en el exterior, que se encuentran inscritos en el padrón electoral, solo podrán votar para designar a los siete miembros del CPCCS y para el referéndum.

Del total de electores habilitados en Ecuador para participar en el proceso, 13.040.797 podrán sufragar en el territorio nacional y 409.250 en el exterior. Los electores con voto obligatorio en Ecuador, de entre 18 y 65 años, ascienden a 11.096.824, mientras que 635.381 ciudadanos de entre 16 a 18 años, así como 1.717.842 votantes mayores de 65 años, integran el grupo de voto opcional, al igual que los militares y policías.

Sobre cómo se votará en las elecciones en Ecuador, se sabe que el primer requisito para poder sufragar es tener la cédula de ciudadanía vigente. Este documento se pedirá en la mesa electoral en la cual haya sido designada una persona. Mediante la página web o aplicación del CNE se puede conocer de manera rápida el recinto electoral al que debe acudir a votar.

Luego de ello, a esto los miembros de las Juntas Receptoras del Voto entregarán las papeletas para sufragar. La cantidad de papeletas dependerá de cada zona donde se realicen las elecciones. Es importante recordar que se debe escoger a un candidato por cada una de las papeletas que se entregaron. Es decir, solo se podrá seleccionar a una persona por papeleta, sino el voto quedará anulado. En el caso de los candidatos al CPCCS se entregarán tres papeletas donde deberá elegir a un representante de hombres, mujeres y de pueblos y nacionales.

La papeleta del referéndum del Gobierno consta de ocho preguntas donde la persona podrá seleccionar “Sí” o “No”. La persona deberá seleccionar en cada una de las preguntas para poder validar su voto, en caso de votar en más de una misma respuesta dos veces, se anulará su voto.

¿Quiénes pueden ser elegidos miembros de mesa?

La selección se llevó a cabo en las 24 delegaciones provinciales a nivel nacional de manera simultánea. Aunque la denominación es de manera aleatoria, hubo ocho criterios que se toman en cuenta para los que son seleccionados:

  • Estudiantes legalmente matriculados en las instituciones del Sistema de Educación Superior.
  • Empleados privados que cuenten con título profesional.
  • Servidores públicos que cuenten con título profesional.
  • Empleados privados bachilleres.
  • Servidores públicos bachilleres.
  • Estudiantes de bachillerato mayores de 18 años de colegios urbanos y rurales.
  • Ciudadanas y ciudadanos residentes en zonas rurales que hayan concluido la instrucción general básica, que pertenezcan a Organizaciones Comunitarias de hecho y de derecho, Comités Pro Mejoras y Juntas de Agua legalmente constituidas y otras organizaciones que determine el Consejo Nacional Electoral.
  • Ciudadanas y ciudadanos del registro electoral de la respectiva jurisdicción.

¿Cómo saber si soy miembro de la junta repectora del voto?

  • Ingrese a .
  • Haga clic en la opción consulta tu lugar de votación para las elecciones que sale en la pantalla principal.
  • Digite su número de cédula.
  • Escriba correctamente su fecha de nacimiento (día, mes y año).
  • Le indicará si es miembro de junta receptora del voto.

¿Qué prhibiciones tienen los que forman parte de las juntas receptoras del voto?

  • a) Ausentarse injustificadamente de la junta receptora del voto antes de haber concluido el escrutinio.
  • b) Interferir o impedir el normal desarrollo de las actividades de los servidores de la Función Electoral.
  • c) Demorar de manera injustificada el escrutinio y no suscribir los documentos electorales pertinentes.
  • d) Inducir el voto a favor de determinada preferencia electoral.
  • e) Alterar o desaparecer documentos electorales que provoquen la nulidad de la votación y del escrutinio.
  • f) Incurrir en actos de violencia política y de género.
  • g) Destruir los documentos electorales de manera intencional.
  • h) Rechazar el voto de los miembros de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional en servicio activo que porten la cédula de identidad, pasaporte o documento de identidad consular, y credencial de votación entregada por el Consejo Nacional Electoral.
  • i) Efectuar cualquier acto u omisión respecto a sus deberes, atribuciones obligaciones y responsabilidades que dificulten el normal desenvolvimiento del proceso electoral.
  • j) Realizar declaraciones sobre los resultados electorales.