¿Cómo se fija el impuesto predial que cobran los municipios? - 1
¿Cómo se fija el impuesto predial que cobran los municipios? - 1

El Centro Legal de la señaló que para el 2017, el para Lima Metropolitana y el Callao aumentará un 5% en promedio con relación a los valores de este año.

Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL, precisó que en cuanto a valores oficiales de edificaciones, Lima y Callao reportarán un aumento de 3% en promedio; mientras que los valores arancelarios de terrenos tendrán un incremento de 6% aproximadamente.

Según comunicó, el 30 de octubre se publicaron en El Peruano las Resoluciones Ministeriales con las cuales el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) aprobó los valores arancelarios de terrenos urbanos y los valores unitarios oficiales de edificaciones que se tomarán en cuenta para el pago del impuesto predial del próximo año.

La CCL recuerda que el impuesto predial es pagado anualmente por las personas naturales y jurídicas que son propietarias de terrenos, casas, edificios y construcciones en general, a favor de las municipalidades distritales donde se ubican los predios.

Asimismo, añade que el impuesto predial podrá pagarse al contado hasta el 28 de febrero del 2017 o en cuatro cuotas trimestrales, con vencimiento en el último día hábil de febrero, mayo, agosto y noviembre del 2017.

OBRAS COMPLEMENTARIAS
La CCL resaltó que las resoluciones emitidas por el MVCS también aprobaron valores unitarios a costo directo de algunas obras complementarias e instalaciones fijas y permanentes.

Entre estas, se encuentran muros o cercos perimétricos, portones y puertas, tanques, cisternas, piscinas, hornos, chimeneas, etc.; a los que se asignan valores en soles por metro cuadrado o metro cúbico para el pago del impuesto.

JUBILADOS 
Aquellos pensionistas propietarios de un solo predio, a nombre propio o de la sociedad conyugal, que esté destinado a casa habitación y cuyos ingresos están constituidos únicamente por su pensión que no debe exceder de una UIT, tienen derecho a deducir del autoavalúo el monto equivalente a 50 UIT, debiendo pagar el impuesto predial solo por el exceso a las 50 UIT.

"Si el autoavalúo de la casa del jubilado es S/230.000, se descontarán S/205.000 (50 UIT de S/4.100). En este caso, el tramo afecto será S/25.000 x 0,2% y el impuesto predial anual del jubilado será S/50", puntualizó Zavala.

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