Cerca de siete meses después de que el Ejecutivo remitiera el proyecto que buscaba promover las inversiones públicas y privadas para ayudar a revertir la desaceleración de nuestra economía, ayer el Congreso promulgó la Ley 30327, norma que busca acelerar las inversiones para fomentar el crecimiento económico y el desarrollo sostenible.
Como complemento a la ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura (N°30025), esta norma dicta medidas para optimizar y fortalecer el Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA). Además, establece los criterios para hacer más efectiva la simplificación administrativa y la integración de permisos y procedimientos.
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De esta manera, se faculta el acompañamiento y seguimiento efectivo del Estado para la eliminación de trabas en la obtención de permisos, licencias y autorizaciones para la ejecución de proyectos de infraestructura de gran envergadura.
IMPACTO AMBIENTAL
Para el caso del SEIA, se establece que el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (Senace) tiene 150 días hábiles para la revisión del estudio ambiental y la expedición de la certificación ambiental global. Solo en casos excepcionales, se podrá ampliar 30 días hábiles más.
Durante dicho plazo se realizarán los mecanismos de participación ciudadana que corresponden a la etapa de revisión y evaluación de los estudios de impacto ambiental.
EXPROPIACIONES
Con relación a las medidas de simplificación administrativa y de promoción de la inversión, la norma prorroga, hasta el 31 de diciembre del 2025, el beneficio tributario que promueve la inversión en generación eléctrica con recursos hídricos y con otros recursos renovables.
Adicionalmente, se autoriza la simplificación de procedimientos para imponer servidumbres sobre terrenos eriazos de propiedad estatal para proyectos de inversión, y se otorga protección de derechos de vía y localización de área.
Sobre este último punto, se hace hincapié en la obligación del Estado de asistir al concesionario en mantener las condiciones adecuadas de dichas áreas, por lo que si dicho derecho se ve impedido, se aplicará el artículo 920 del Código Civil, que faculta al titular a repeler la fuerza que se emplee contra él.
Finalmente, y como parte de las medidas de simplificación de procedimientos para la obtención de bienes inmuebles para obras de infraestructura de gran envergadura, se establece que las expropiaciones se ejecutarán 5 días hábiles luego de que se haya determinado el valor de la tasación.
Debido a que el reglamento debe estar listo en un plazo que no exceda los 60 días hábiles, a lo que se suman 30 días hábiles adicionales para que las entidades comprometidas modifiquen su TUPA, recién en agosto la Ley 30327 quedaría expedita para su entrada en vigencia.