Perú: Conoce a los 10 candidatos que buscan presidir la Sunass - 7
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Redacción EC

El Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento () ratificó la tarifa del servicio de monitoreo y gestión de uso de , que desde diciembre del 2017 aplica  para el cobro a los usuarios no agrarios de fuente propia como embotelladoras, empresas textiles, centros comerciales, industria láctea, entre otros.

Como se recuerda, esta tarifa aprobada por la Sunass tiene como objetivo que los usuarios no agrarios paguen los costos que afronta actualmente Sedapal al poner a su disposición las aguas subterráneas. Estos costos venían siendo cubiertos por los usuarios del servicio de y alcantarillado conectados a la red de Lima y Callao.

La medida también apunta a mantener las condiciones de equilibrio en los acuíferos de los ríos Chillón, Rímac y Lurín, que constituyen la principal reserva de agua de Lima y Callao.

La Resolución de Consejo Directivo Nº 010-2018-SUNASS-CD publicada en El Peruano declaró improcedente e infundados los recursos de reconsideración interpuestos por parte de gremios empresariales y empresas industriales, quienes pedían que se deje sin efecto la tarifa en cuestión.

Entre ellas, están Lima Airport Partners, Aris Industrial, la Sociedad Nacional de Industrias (), y la Asociación de la Industria de Bebidas y Refrescos Sin Alcohol (Abresa). 

Según la reciente resolución, el Consejo Directivo de la Sunass corroboró que la tarifa es resultado de la estricta aplicación de la metodología previamente definida y de la participación de la ciudadanía.

Además, precisaron que la metodología del modelo para la determinación de la tarifa no sufrió modificación alguna durante el procedimiento administrativo para su aprobación.

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