El Imarpe se encargará de efectuar el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biológico. (Foto: GEC)
El Imarpe se encargará de efectuar el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biológico. (Foto: GEC)

El Ministerio de la Producción () autorizó por segunda vez en el 2020 la suspensión de las actividades extractivas del recurso merluza realizada por arrastreras por un período de 14 días.

Anteriormente, el 7 de enero, ya se había autorizado una medida similar. En el 2019, el ministerio había suspendido tres veces consecutivas la pesca de en el mes de diciembre, según constataron las resoluciones pasadas.

Según se dio a conocer en la Resolución Ministerial N° 030-2020-PRODUCE, el concluyó en un informe que se encontró un alto porcentaje de ejemplares menores a 28 centímetros (cm) de longitud, provenientes de las capturas realizadas.

Debido a ello, se consideró necesario suspender la a fin de mantener la conservación del recurso en línea con su proceso de recuperación y contribuir a la sostenibilidad de la actividad pesquera.

Esto teniendo en cuenta que una de las medidas de manejo vigente para la pesquería de merluza consiste en la suspensión de la actividad extractiva ante la ocurrencia de captura incidental de individuos menores a 28 cm en porcentajes que superen el 20%.

Finalmente, se resaltó que el Imarpe se encargará de efectuar el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros de dicho recurso, priorizando las acciones de monitoreo sobre la incidencia de ejemplares en tallas menores de 28 cm.

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