La Defensoría del Pueblo reiteró el pedido hecho al Congreso de la República para que se archive, de manera definitiva, el proyecto de ley aprobado en primera votación, el cual pretende condonar todas las multas por infracciones de tránsito cometidas durante los dos primeros años de la pandemia.
En un documento dirigido al presidente del Congreso, José Williams, la defensora del pueblo, Eliana Revollar, se refirió al Proyecto de Ley n.° 1706/2021-PE, cuyo objetivo es conceder amnistía a las sanciones impuestas al servicio de transporte terrestre de personas y mercancías, durante el periodo comprendido entre el 16 de marzo de 2020 y el 31 de marzo de 2022. Este pedido se suma a uno similar hecho en mayo del año pasado al Legislativo, no obstante, el proyecto fue aprobado en primera votación.
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De acuerdo al tenor de la iniciativa, con ello se buscaría fomentar la reactivación del sector afectado por las graves consecuencias del COVID-19. Sin embargo, Sin embargo, para la Defensoría del Pueblo dicha propuesta constituiría un serio retroceso en la implementación de la política de transporte seguro y de calidad, así como un nuevo debilitamiento de la institucionalidad del sector. Asimismo, alejaría al Estado de su deber de brindar solución a los graves problemas de inseguridad vial que afronta nuestro país y que vulnera los derechos de las personas, a consecuencia de los accidentes de tránsito.
Así lo señaló la titular de la Defensoría del Pueblo, quien advirtió que la mayor parte de los accidentes de tránsito que se registran anualmente en el país se produce como consecuencia de infracciones de tránsito, con el 89,51 % de los casos ocurridos en el periodo 2012 – 2021. En ese sentido, remarcó que la iniciativa legislativa desincentivaría el cumplimiento de las normas de tránsito, además de crear un cuadro de desigualdad con respecto a quienes sí cumplieron con pagar sus multas.
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En el documento, la defensora del pueblo precisó que, si bien el texto sustitutorio del proyecto de ley excluye a las infracciones muy graves y no pecuniarias consideradas en la propuesta original, el alcance de la amnistía continúa alcanzando a infracciones graves y otras que podrían ocasionar accidentes de tránsito.
Así, por ejemplo, el beneficio alcanzaría a las infracciones impuestas por maniobras peligrosas o por no haber reducido la velocidad en los casos en que el reglamento de tránsito lo exige, como el aproximarse a una intersección o vía preferencial, a una curva o cambie de dirección, o cuando se circula por una vía estrecha o sinuosa, entre otros casos. También se exoneraría del pago de la multa a quienes fueron sancionados por no haber utilizado luces de emergencias o no colocaron dispositivos de seguridad en los casos en que la norma lo exige.
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“Con relación al transporte en vehículos menores, como mototaxis, preocupa que el proyecto plantea otorgar a las municipalidades distritales la facultad de aprobar el listado de infracciones que serán materia de amnistía, limitándose a señalar que se excluye del beneficio a aquellas infracciones vinculadas con la ocurrencia de accidentes de tránsito, lo que daría lugar a que cada municipio disponga medidas distintas y muchas veces disonantes con las jurisdicciones vecinas, poniendo en riesgo la vida e integridad de las personas”, añadió la defensora del pueblo.
Finalmente, informó que persisten las observaciones efectuadas por la Defensoría del Pueblo en el Informe de Adjuntía 012-2022-DP/AMASPPI en la medida de que se trata de una propuesta que atenta contra la seguridad vial, debido a que las infracciones a las que sería aplicable la amnistía generan un serio riesgo de ocurrencia de accidentes de tránsito.
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