¿Qué cambió en el reglamento de tránsito tras decreto del MTC?
¿Qué cambió en el reglamento de tránsito tras decreto del MTC?
Redacción EC

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones publicó hoy el Decreto Supremo 003-2014-MTC, el cual incorpora varias modificaciones en el Reglamento Nacional de Tránsito del 2009. Se trata de una larga lista de modificaciones, pero son las más resaltantes las que tendrían un impacto efectivo en el número de accidentes de tránsito en el país.

Lo que más resalta es el nuevo valor que adquieren las municipalidades provinciales. Ellas deberán ser las encargadas de establecer sanciones o de absolver a los choferes en un plazo no mayor de 30 días útiles.

RETENCIÓN DE LICENCIA

La modificación plantea una nueva medida preventiva: la retención de la licencia de conducir de toda persona que haya acumulado 100 o más puntos por infracciones de tránsito, sean estas multas impugnadas o no.

El MTC dispuso que también se le quite el documento al conductor que cometa dos o más infracciones muy graves, cinco o más infracciones graves o una infracción muy grave y tres o más infracciones graves.

En estos dos casos, el documento será retenido durante 24 horas por el policía que intervino al conductor. En ese plazo, los agentes enviarán la licencia a la Municipalidad Provincial correspondiente para que siga adelante el proceso sancionador. El decomiso estará vigente hasta que se pague la multa o se absuelva a la persona involucrada en la falta.

DAÑOS PERSONALES

En el tercer caso se detalla que se le quitará la licencia a los conductores que participen en un accidente de tránsito con daños personales a terceras personas. En estas circunstancias, la policía tendrá un plazo de 72 horas para verificar la multa.

INTERNAMIENTO DEL VEHÍCULO

El vehículo será llevado a un depósito vehicular cuando la infracción lo amerite o cuando se le quite la licencia de conducir por cualquiera de los motivos que el reglamento considera en el punto anterior.

La medida seguirá vigente hasta que se subsane la causa de la infracción, hasta que el conductor pague su multa y recupere su licencia, o hasta que se determine la absolución de las causales del internamiento. 

PAGO DE MULTA

El proceso sancionador tendrá una vigencia de cuatro años, en lugar de uno solo como señalaba el Reglamento Nacional de Tránsito. También se ha suprimido el beneficio por pago anticipado de las multas para todo conductor de transporte público.

Antes, el descuento de 17% y de 33% se aplicaba para todos, y ahora solo el transporte privado podrá acceder a estos beneficios.

EMPRESAS RESPONSABLES

Al internarse los vehículos apenas se le quite la licencia de conducir a un chofer de transporte público, la empresas de transporte se verán obligadas a verificar la conducta de sus trabajadores.

Asimismo, la empresa tendrá la obligación de verificar que ninguno de sus choferes tenga 100 puntos o más acumulados por sanciones. Si permite que uno de ellos circule por las calles, recibirá una sanción de 60 días de suspensión de servicio de circulación en la ruta involucrada. La reincidencia será castigada con 90 días y la tercera vez se cancelará el permiso de manera definitiva.

ALCOHOL

Un cambio que podría pasar desapercibido pero es igual de importante es la sanción que se impone a los conductores que ocasionen un accidente de tránsito bajo efectos del alcohol o algún otro estupefaciente. Antes se le quitaba el derecho a tramitar una nueva licencia de conducir por tres años, pero ahora la sanción será de por vida.

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