Solo cuatro juzgados de tránsito suman más de dos mil procesos
Solo cuatro juzgados de tránsito suman más de dos mil procesos
Redacción EC

ROSA AQUINO / 
Redactora de Sociedad

En los últimos días se ha discutido sobre las competencias para fiscalizar a malos choferes y empresas de transporte deudoras. Mientras tanto, los accidentes no cesan, así como el ingreso al Poder Judicial de expedientes por estos casos. Desde julio pasado, se siguen 2.304 procesos en cuatro juzgados de tránsito y seguridad vial de Lima Centro.

Todos estos tienen una sentencia pendiente pues, según Alejandro Silva, defensor de la en accidentes de tránsito, “el plazo máximo de nueve meses para resolverlos no termina”.

Pero la cifra no incluye casos de los cuatro juzgados especializados del sur y norte, creados hace un mes, ni los otros tantos ventilados en los 58 juzgados penales bajo los delitos de homicidio y lesiones graves.

Según consultas realizadas a siete de estos, desde el 2012 hay 12 casos con penas de cárcel efectiva de entre 4 y 10 años, y con reparaciones civiles de más de S/.100 mil y S/.1 millón. Este último se aplicó para el caso del fotógrafo , atropellado por una coaster de la empresa Orión en agosto del 2011.

Fuentes del Poder Judicial advierten que si el Ministerio Público no denuncia con detención al infractor, este puede ser procesado en libertad hasta la sentencia, la que puede tardar hasta tres años. “El juez evalúa las pruebas y resuelve según lo solicitado por el fiscal”, indica.

Sin embargo, la abogada penalista Rommy Chang aclara que si la calificación del delito está mal hecha, los jueces están en la obligación de regresar el expediente y decirle al fiscal que se equivoca. “Pero el desconocimiento para las imputaciones en materia de tránsito es igual en fiscales y jueces”, manifiesta.

INADECUADAS SANCIONES

Esta situación conlleva a la inadecuada aplicación de sanciones pues, según Silva, los jueces acostumbran procesar por homicidio culposo (máximo 6 años de cárcel), cuando lo correcto es hacerlo por homicidio simple con dolo eventual, cuya pena puede llegar a los 20 años.

“Si con 300 papeletas y la licencia inhabilitada, el chofer se pasa la luz y encima mata gente, entonces no se trata de una imprudencia. Él sabía lo que podía ocasionar”, explica la penalista.

Debido a que estos procesos son resueltos con el antiguo código procesal penal, el experto en transporte, Paul Concha, considera necesario que el Ejecutivo o el Congreso disponga que, así como en los casos de corrupción, el nuevo código penal se aplique a los procesos penales por accidentes de tránsito.

“Todo sería más rápido. El juez se limitaría a sentenciar y la etapa investigativa sería llevada por el fiscal”, refiere Concha.

No obstante, el procurador del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), Jaime Vales, precisa que el actual código permite al fiscal de prevención del delito o juez suspender o clausurar a las empresas que tienen antecedentes de incidencia de accidentes como Orión, e incluso iniciar procesos penales contra la persona jurídica, como terceros responsables.

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