Equivocarse es parte de la vida, pero hay errores que, simplemente, uno no puede darse el lujo de cometer. Ello porque al hacerlo se corre el riesgo de que la vida dé un giro de 180 grados. Perder el temple y agredir a un policía que la multaba por estacionarse mal le ha costado a Silvana Buscaglia Zapler una sentencia de seis años y ocho meses de cárcel. Cambió su vida y también la de su familia.
La razón por la que el caso de Buscaglia se volvió tan mediático y comentado, además de ser un precedente, es la sentencia que ha supuesto, no el delito que se ha cometido. Es decir, lo que nos sorprende no es que haya agredido a un policía, sino que haya tenido que pagar por ello.
Y es que Lima se ha convertido en el escenario de una versión cotidiana de la película argentina “Relatos salvajes”, con escenas de la vida real, pero sin el humor negro y sin ‘Bombita’ (el personaje de Ricardo Darín). La violencia física y verbal es parte del día a día del limeño, especialmente cuando maneja.
Por ejemplo, esta semana se hizo viral el video de un taxista que, iracundo, bajó de su auto para romper el espejo del vehículo que no le permitió invadir su carril. En vez de pensar en el respeto de las reglas como un deber, se entiende incumplirlas como un derecho.
La sentencia a Buscaglia se ha convertido en el precedente de una severa sanción por un delito que hasta hace poco no tenía consecuencias prácticas. Sin embargo, no ha sido la única que ha tenido que responder judicialmente por maltratar a la policía esta semana. El Poder Judicial dictó sentencia de ocho años de prisión para Fátima Lozada Campomanes, en Chimbote, y prisión preventiva para Gissel Rosales Bustinza, en el Callao, a ambas por violencia contra la autoridad.
Faltar el respeto a un policía y agredirlo es inaceptable y tiene que ser sancionado. No obstante, si bien hay que velar por que se respete la autoridad policial, también hay que hacerlo por que no se abuse de esta, y es por ello que las sanciones tienen que ser proporcionales.
La pena para quienes empleen violencia contra un miembro de la policía es de entre ocho y doce años de prisión, según el Código Penal. Por ello, las sentencias han sido dadas de acuerdo con la ley.
Sin embargo, cabe preguntarse si las penas dictadas a estas mujeres son proporcionales, especialmente si son comparadas con las que merecen otros delitos. Por ejemplo, existen ciertos tipos de homicidio (culposo y por emoción violenta) que tienen penas de menos de cinco años. Un desbalance que, sin duda, el Congreso debe ponderar para modificar el Código Penal.