El Concejo Distrital de La Punta prohibió el uso, la venta y la distribución gratuita en los locales comerciales, prestadores de servicios y otros, de "cañitas" o sorbetes y bolsas plásticas.
La ordenanza, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, señala que quedan exceptuadas de la norma las "cañitas" de papel o bambú y de acero. Además, se exceptúa el uso inevitable por necesidad física o salud.
La norma otorga un plazo de dos años para que los establecimientos comerciales se adecuen de manera progresiva y cambien las cañitas y bolsas plásticas por productos que no generen daño para el medioambiente.
Una vez concluido ese plazo se aplicarán multas y sanciones. Ante una primera infracción se aplicará una notificación educativa, pero en el caso de reincidencia se le sancionará al establecimiento una sanción pecuniaria equivalente al 10 % de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), es decir S/ 415.
Según la información municipal, si se detectara la comisión reiterada de la falta se puede aplicar la clausura temporal o definitiva del local.