"La autoridad del presidente está sujeta a ciertas restricciones estatutarias y constitucionales", determinaron los magistrados en su fallo, de 86 páginas. (Foto: Reuters)
"La autoridad del presidente está sujeta a ciertas restricciones estatutarias y constitucionales", determinaron los magistrados en su fallo, de 86 páginas. (Foto: Reuters)
Redacción EC

El veto migratorio del presidente de Estados Unidos, , sufrió este lunes su último golpe antes de la Corte Suprema. El Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito de San Francisco rechazó la orden ejecutiva del republicano que prohibía la entrada al país de ciudadanos de seis países de mayoría musulmana.


La Corte de Apelaciones del Noveno Circuito determinó que el mandatario "excedió el alcance de su autoridad" al firmar el 6 de marzo su orden ejecutiva sobre inmigración y, por ello, decidió mantener bloqueadas las partes más importantes del decreto.

El veto migratorio de Trump ya se encuentra en la Corte Suprema después de que la Corte de Apelaciones del Cuarto Circuito, con sede en Richmond (Virginia), fallara en su contra el pasado 25 de mayo.

Por tanto, el fallo de la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito refuerza los argumentos de los opositores a la medida y pone una mayor presión sobre la Corte Suprema, que aún no ha decidido si admitirá a tramite el caso. Para ello, el máximo Tribunal del país debe examinar la versión de las organizaciones defensoras de los derechos de los refugiados y los inmigrantes, que tenían hasta este lunes para entregar sus escritos.

En su fallo, los jueces de la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito avalaron el bloqueo al veto que impuso previamente un juez de Hawái al considerar que el mandatario abusó de su poder y no probó de manera suficiente que su orden ejecutiva estaba destinada a proteger a EE.UU., supuestamente al frenar el terrorismo yihadista.

"La inmigración, incluso, para un presidente no es un espectáculo individual. La autoridad del presidente está sujeta a ciertas restricciones estatutarias y constitucionales", determinaron los magistrados en su fallo, de 86 páginas.

"Concluimos que el presidente, al emitir esta orden, excedió el alcance de la autoridad delegada en él por el Congreso", añaden los jueces de la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito, con su sede central en San Francisco (California), aunque con delegaciones en diferentes ciudades, como Seattle (Washington).

Aunque fallaron en contra del veto de Trump, los jueces del Noveno Circuito decidieron mantener bloqueadas algunas partes de la orden ejecutiva y determinaron que el juez de Hawái, que suspendió previamente la orden ejecutiva, actuó de manera incorrecta al bloquear toda la iniciativa.

El bloqueo, sin embargo, se mantiene sobre las partes esenciales de la orden, que son las que anulan durante 120 días el programa de acogida a refugiados y prohíben durante 90 la entrada a territorio estadounidense de ciudadanos de seis países de mayoría musulmana (Irán, Somalia, Sudán, Siria, Yemen y Libia).

Los jueces citan en su fallo algunos de los mensajes que escribió Trump en la red social Twitter tras los ataques del pasado 3 de junio en Londres, en los que murieron ocho personas.

En concreto, los magistrados citan el mensaje en el que Trump insiste en usar la palabra "prohibición" para describir su veto migratorio, a pesar de que su equipo de comunicación ha tratado de usar cualquier otro término para describir la medida.

"La gente, los abogados y las cortes lo pueden llamar como quiera, pero yo lo estoy llamándolo por lo que necesitamos y por lo que es, una PROHIBICIÓN DE VIAJES", subrayó entonces Trump en Twitter.

Los jueces han usado en repetidas ocasiones las propias palabras del presidente para fallar en contra de la segunda y la primera versión del veto migratorio, proclamada el 27 de mayo.

Este segundo decreto, a diferencia del anterior, dejaba fuera a los ciudadanos de Iraq y modificaba la provisión sobre los refugiados sirios al prohibir su entrada al país durante 120 días y no de manera indefinida, como establecía el veto original.

Fuente: EFE

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