“El programa de recompensas no debe existir ni funcionar como un recurso independiente y desligado de una política clara, comprometida y eficaz en la lucha por mejorar la seguridad ciudadana”.
El programa conocido como Programa de Recompensas fue creado en el 2015 mediante el Decreto Legislativo 1180. Se desarrolla aplicando las disposiciones contenidas en este decreto, en su reglamento y en las directivas específicas expedidas para regular la intervención y actuación de la Policía Nacional del Perú y de las comisiones evaluadoras.
El programa tiene por finalidad fortalecer la lucha contra la inseguridad en lo que respecta a la comisión de delitos –terrorismo, crimen organizado, tráfico de drogas, contra la libertad sexual, contra la vida, corrupción, etc.–, promoviendo –mediante la recompensa y el secreto– la obtención de información que, de manera voluntaria, provean las personas que tienen acceso a ella y deciden compartirla, facilitando la ubicación y detención de quienes cometen delitos.
No solo se trata de un sistema de oferta de entrega de recompensas; es decir, de la publicación de una lista de personas buscadas o con requisitoria, ofreciendo, por la colaboración para su captura, una recompensa determinada; sino que también consiste en un sistema abierto y permanente para recibir, fuera del esquema de oferta de recompensa específica, información voluntaria que contribuya a la captura de las personas con requisitoria por la comisión de delitos, caso en el que la procedencia o no del otorgamiento del beneficio económico debe pasar por un proceso de evaluación.
Un elemento central para el éxito del programa es el equipo a cargo de conducirlo y, por supuesto, la integridad e idoneidad, así como la capacidad y el compromiso de guardar el secreto sobre quienes participan en las comisiones evaluadoras de recompensas y del personal policial.
El programa funciona, pero no colma las expectativas que podría haber sobre su eficacia. Son muchas las razones, entre ellas: el miedo a la represalia por la denuncia, la desconfianza en las autoridades, la habilidad de las personas con requisitoria para ocultarse, la imprecisión e inutilidad de la información que se entrega, la corrupción y, entre otros, la carencia eventual de recursos.
El programa de recompensas no debe existir ni funcionar como un recurso independiente y desligado de una política clara, comprometida y eficaz en la lucha por mejorar los estándares de seguridad ciudadana y reducir drásticamente la ratio del delito en nuestro país.
“En la lucha contra la criminalidad, las recompensas siempre arrojan saldos favorables”.
Los programas de recompensa están diseñados para promover la participación de la ciudadanía en la ubicación y captura de delincuentes de “alto valor”. No se trata de campañas cívicas, sino de buscar la delación por motivos económicos. En nuestro país, en julio del 2015, se reguló el otorgamiento del beneficio de recompensa a través del Decreto Legislativo 1180, para ciudadanos que brinden información que permita la búsqueda, captura y entrega de delincuentes vinculados a una organización criminal y al terrorismo. Con ello, se autorizó a la Policía Nacional, Fuerzas Armadas, Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior, como las entidades legitimadas para efectuar esos pagos a través de comisiones de recompensa que dependen de la Presidencia del Consejo de Ministros, pues son ellos los encargados de acordar la procedencia o denegatoria del beneficio de recompensa.
Una de las críticas más frecuentes a los programas de recompensa ha sido la poca transparencia y, en ocasiones, la deshonestidad con la que se administraron sus fondos; por ello, su manejo se reasignó a la PCM. Sin embargo, sigue siendo materia de controversia la cuantía de las recompensas. En esa discusión, han primado dos criterios: una, la de asignar sumas ‘flat’ para todos los requisitoriados por un mismo delito; y dos, establecer montos diferenciados a partir de asumir que no todos los delincuentes tienen el mismo “valor”, en razón a la gravedad de su delito, conmoción social de su hecho y prognosis de repetición.
Desde mi perspectiva, un programa tendrá más posibilidad de éxito si maneja criterios diferenciados para asignar el valor de las recompensas. En Estados Unidos y en México, por ejemplo, las recompensas están orientadas a la captura de líderes de cárteles del narcotráfico y se han ofrecido hasta US$15 millones. En nuestro país, las recompensas oscilan entre los S/10 mil y los S/50 mil, sumas ciertamente conservadoras, pues reducen la posibilidad de lograr una delación en el entorno del delincuente. Otro ejemplo: la incorporación al programa de recompensa de Sergio Tarache Parra, delincuente que asesinó a una joven de 18 años prendiéndole fuego, podría funcionar con una mayor suma por su información.
En la lucha contra la criminalidad, las recompensas siempre arrojan saldos favorables; sin embargo, es necesario evitar jugar con figuritas con los rostros de los requisitoriados, realizar una rigurosa selección de quienes ingresan al programa y reducir su número para centrarse en personas realmente relevantes y optimizar recursos; además, no hay que limitarse a colgar esa información en una web, pues el promedio de ciudadanos no busca esa información. Por ello, el conocimiento de quienes están en ese programa tiene que ser el resultado de una campaña muy activa en las redes sociales y los medios de comunicación. Tener sus imágenes en la cabeza es vital para reconocerlos en cualquier circunstancia.