(Foto: El Comercio)
(Foto: El Comercio)
Osías Ramírez Gamarra

Juan Pérez necesita S/60 mil para pagar la cuota inicial de un inmueble. Así destinará el pago de alquiler que actualmente hace al pago de una vivienda propia. Precisamente, el señor Pérez tiene S/60 mil en su cuenta de . Juan sabe que no puede disponer de su liquidez, pues la ley dispone que la CTS solo es de libre disponibilidad en dos situaciones: cuando se haya perdido el empleo o cuando el monto en la cuenta supere las cuatro remuneraciones brutas que recibe la persona. Juan puede solicitar a su banco o caja un préstamo por la suma de S/60 mil.

El banco aprueba el préstamo. Por el monto, le cobra un interés mensual de S/380, y un total de S/6.852 en 18 meses, entre intereses, seguros y otros conceptos. Durante este tiempo, Juan ganará S/1.080 en intereses por su depósito de CTS: el banco o caja en la que se encuentra su dinero le paga un interés mensual de S/60. Es decir, por cada S/1.000 depositados en la cuenta de CTS el banco paga S/1 mensual, pero si presta ese mismo dinero cobra mensualmente S/6 por cada S/1.000.

No es posible que paguemos intereses usureros por nuestro dinero. Un proyecto de ley de mi autoría intenta corregir este enriquecimiento indebido.

Según un informe del Ministerio de Vivienda, el Perú tiene un déficit de vivienda que alcanza al 72% de familias. Si bien es cierto que existen programas de vivienda tanto privados como públicos, estos resultan insuficientes, pues la alta demanda y la escasa oferta hacen que este mercado se encarezca y con ello se dificulte el acceso al crédito. A la fecha, sin embargo, casi 16 mil peruanos tienen en sus cuentas de CTS más de S/90 mil, monto que fácilmente podría significar el pago total de un crédito hipotecario o solventar parte del mismo. Esto les permitiría acceder a un activo y un ahorro en el pago de alquiler e incluso en intereses que los bancos puedan exigir. En el proyecto que propongo se especifica que si estos no pueden acreditar que no cuentan todavía con un inmueble, no accederían al retiro del 80% de su CTS.

Así también, más del 15% de los titulares de CTS tienen en sus cuentas entre S/25 mil y S/40 mil. Estos montos podrían cumplir otros fines relacionados como la remodelación, el acabado de la vivienda o la construcción del lote de terreno. Es cierto que el concepto de remodelación es amplio y que muchos trabajadores pueden sacarle la vuelta a la ley. Empero, estas imprecisiones legales serán superadas en el debate o, en el peor de los casos, en el reglamento que ha de tener la ley si prospera.

A quienes nos acusan de querer desnaturalizar la CTS les decimos que es una medida extraordinaria que regirá hasta el 2020. Esta propuesta ha recibido el respaldo del ministro de Vivienda, quien negó que desnaturalice la CTS como seguro de desempleo, pues se mantiene el ahorro del trabajador en un inmueble. Esperamos que con esta iniciativa gane el titular de la cuenta, y no los bancos, que ya lo vienen haciendo desde hace muchos años a costa de sus clientes.