Sonia Alva

Han pasado 20 meses desde que, durante las investigaciones sobre el de , en el se reconoció que el sistema en general tiene serias falencias y se anunció una reforma total, pues la ‘mala praxis’ se replica en otros casos no mediáticos.

Lo último que se supo, sin embargo, fue que el Indecopi presentó una propuesta ante la Presidencia del Consejo de Ministros en la primera mitad del 2021. Lamentablemente, en paralelo al olvido de estos documentos, la nueva gestión del Indecopi no ha mostrado interés alguno de hacer cambios sobre este rubro.

Como se sabe, los procesos concursales son una opción para las empresas e instituciones en general que se encuentran en crisis financiera y buscan reestructurarse o liquidarse. Y luego del gran perjuicio económico de la pandemia, se entiende que no son pocas las que se han inclinado por esta opción. Lamentablemente, como está ahora, no se sabe cuán “beneficioso” podría resultarles este régimen. Los antiguos concursados, como Universitario y Doe Run, donde se impusieron multas millonarias a sus agentes concursales recientemente, han evidenciado varios de los vicios que urge abordar.

En principio, es importante internalizar la urgencia de una actuación célere y oportuna por parte del Indecopi. Un deudor que por sí mismo acude al Indecopi o es llevado por sus acreedores es un enfermo en UCI que requiere atención inmediata. De allí que las solicitudes de inicio del proceso deben ser resueltas en el menor plazo posible. Solo así se evitará la canibalización del patrimonio del deudor y se darían luces de incentivar la protección al crédito. Si bien la norma establece 90 días hábiles, en la práctica esto se extiende a mínimo un año. Por ejemplo, de las 32 empresas cuyos procesos concursales han iniciado este año, sus solicitudes tardaron 14 meses aproximadamente en resolverse y quedar firmes.

Dicho ello, publicado el sometimiento de determinado deudor al sistema concursal, resulta clave que sus acreedores actúen a la brevedad. No es coherente que continúe la administración que no ha encontrado una salida a la crisis: su permanencia sin un norte claro conllevará a la extinción del deudor.

También es importante evidenciar que la instalación de una junta de acreedores toma en promedio 12 meses. Dicha demora solo es justificada por la carga procesal de la autoridad. No podemos permitir que trabajadores pierdan su empleo, que entidades bancarias encarezcan el crédito, proveedores quiebren y hasta el propio Estado no recaude solo por no renovar y potenciar el Indecopi para una adecuada atención de estos casos. Urge una revisión de su presupuesto.

Una segunda prioridad debe ser generar un contrapeso en los procesos en los que, habiéndose acordado la reestructuración, acreedores mayoritarios vienen prorrogando el inicio del cronograma de pagos en perjuicio de los minoritarios. Ello constituiría un encubrimiento a la real situación del deudor, tergiversando por completo los objetivos del sistema concursal.

Y una tercera urgencia debe ser la implementación de candados ante las malas prácticas. Es positivo el rol sancionador del Indecopi, pero no pueden enfocarse solo en el ‘expost’. También vemos que, como no hay una segmentación correcta, se termina sancionando una negligencia al igual que un tema ilícito. Y este último no con la magnitud que debería, cuando incluso para casos graves tendría que aplicarse la cancelación permanente de la licencia para gestionar procesos.

No se debe esperar a que nuevamente exploten las vulneraciones a la normativa en un caso mediático para abordar la reforma. Más aún cuando ya se ha tocado un fondo sobre lo permisivo que es el actual sistema con las malas prácticas y condescendiente con las sanciones.


Sonia Alva es abogada concursal y CEO en Alva Legal. La autora ocupó la administración temporal de Universitario de Deportes de agosto del 2020 hasta mayo del 2021.