(Ilustración: Giovanni Tazza).
(Ilustración: Giovanni Tazza).

En su edición del 29 de octubre, El Comercio publicó un artículo de Fernando Berckemeyer, titulado “” en el que, por desconocimiento sobre la competencia desleal de las importaciones y sobre los procesos antidumping, llega a conclusiones erradas.

El es la práctica de vender por debajo del precio normal o a precios inferiores al costo, con el fin de obtener una ventaja competitiva que permita eliminar la competencia y adueñarse del mercado. Bajo las reglas del comercio internacional, los países pueden defenderse de esta forma de competencia desleal, estableciendo medidas específicas.

Las medidas antidumping no se establecen arbitrariamente. Para hacerlo, la comisión del especializada en dumping realiza una exhaustiva labor, que por lo general toma más de un año, durante el cual recoge información de fabricantes e importadores, así como experiencias de otros países. Cumpliendo con las normas de la Organización Mundial del Comercio, las medidas antidumping se establecen solamente si se demuestra que determinados productos, procedentes de uno o más países, se importan con dumping y, además, que su importación causa daño a la producción nacional. Tanto los fabricantes como los importadores y los países afectados intervienen presentando ante el Indecopi evidencia, estudios y exponiendo sus puntos de vista en audiencias públicas, para defender sus posiciones a favor o en contra de las medidas.

La motivación de estas medidas no es “preservar” una industria, como afirma Berckemeyer, sino corregir distorsiones del comercio internacional y evitar que la competencia desleal cause daño a la producción nacional.

Muchas naciones aplican medidas antidumping para frenar las importaciones de China y otros países asiáticos; el Perú no es el único. China tiene una estrategia de largo plazo. Para adueñarse del mercado de otro país debe destruir su capacidad de producción. Una vez logrado ese fin, podrá elevar los precios a su antojo en el mercado conquistado. Cuando eso ocurra, el país estará indefenso, sin poder restablecer la producción nacional, porque se habrá perdido ‘know how’ y habilidades y será difícil volver a crear las cadenas de valor que han tomado décadas en desarrollarse en sectores como confecciones o calzado. Y conforme los fabricantes nacionales vayan dejando de operar ante la invasión de productos importados, ¿quien empleará a los trabajadores cuyos puestos de trabajo desaparezcan?

La subvaluación de mercancías es una forma conocida de lavado de dinero. Esta práctica puede devenir en menores precios al consumidor, porque la utilidad proviene de otras fuentes más rentables que las actividades legales. Nadie puede negar que el Estado debe intervenir para frenar estas actividades. Sin embargo, al hacerlo, el Estado estaría impidiendo que los consumidores se beneficien de menores precios y se daría la misma situación que describe Berckemeyer, donde el dinero pasa del bolsillo de los consumidores al de los empresarios que operan legalmente. Entonces, ¿por ese motivo el Estado debería abstenerse de luchar contra actividades ilegales y lavado de dinero?

En los deportes no se permite el doping, es decir, el uso de sustancias prohibidas que favorezcan a uno de los competidores. En el comercio internacional no se permite el dumping. Entonces, ¿por qué se critica de plano la aplicación de medidas antidumping? ¿Tampoco debería haber antidoping en los deportes? No aplicar medidas antidumping para defender a una industria nacional frente a importaciones a precios debajo del mercado equivale a permitir que un deportista extranjero use esteroides, mientras el deportista nacional no lo puede hacer. Aplicando la lógica de Berckemeyer, ese deportista que no usa drogas no es competitivo, es un deportista panda.

Todo lo que se busca con las medidas antidumping es nivelar el terreno, eliminando uno de los muchos factores que hacen que las industrias nacionales compitan en desventaja frente a los fabricantes extranjeros. Por ese motivo, las medidas antidumping son necesarias y es función del Estado aplicarlas cuando corresponda, cuidando, de esa forma, la sana competencia en el mercado.