(Ilustración: Giovanni Tazza)
(Ilustración: Giovanni Tazza)
Alan García Pérez

Como no logran involucrarme en el escándalo Lava Jato, como sí lo están sus ex candidatos y ex presidentes, mis adversarios vuelven a la estrategia de “criminalizar a Alan García” aprovechando la falta de información del pasado. Al igual que el terrorismo, buscan apropiarse de la memoria colectiva y, con la lógica de “miente, miente, que algo queda”, repiten patrañas ya desechadas. Debo recordarles:
El 29 de enero de 1992, después de años de insultos e informes fraguados (Larc), que incluían venta de aviones que el Perú nunca tuvo, residencias en Miami y decenas de millones de dólares, la Corte Suprema, a la que el Congreso envió su acusación, me absolvió y archivó definitivamente las acusaciones por carencia de fundamentos y pruebas.

Meses después, el golpe de Estado del 5 de abril expulsó a los miembros de la Corte Suprema, nombrando dictatorialmente a otros que, obedientemente, reabrieron inconstitucionalmente el caso ya terminado. Pero, 8 años después, serían ellos los enjuiciados y encarcelados por sus fechorías. Ante esa ilegal reapertura, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos resolvió el 7 de febrero de 1995, en un fallo de obligatorio cumplimiento, que se había violado el principio de “non bis in idem”, al reabrir un caso resuelto con autoridad de cosa juzgada (Caso Nro. 11.0006).

La dictadura no acató tal fallo y continuó propalando acusaciones absurdas sobre temas jamás probados, a pesar de cuatro investigaciones parlamentarias y fiscales. Su propósito era mantenerme fuera del Perú. Caída la dictadura y lanzada mi candidatura por el Partido Aprista Peruano, la corte, aún integrada por vocales inconstitucionales, no dio cumplimiento a la resolución de la CIDH, lo que obligó a mis abogados a interponer un recurso que me permitiera ingresar al país el mismo día del mitin en la plaza San Martín. Pero no es que el proceso existente prescribiera, sino que era nulo de origen, manteniendo validez la resolución de la Corte Suprema de 1992.

Tras el segundo gobierno aprista, la megacomisión en el Congreso investigó durante 5 años todos mis actos del período 2006-2011, levantó mi secreto bancario, convocó a una comisión de peritos, pero concluyó “no haber encontrado enriquecimiento indebido o desbalance patrimonial en mis ingresos y bienes”, en un informe aprobado por el pleno del Congreso.

Además, el Ministerio Publico inició una investigación por presunto enriquecimiento ilícito en febrero del 2013, por la adquisición hipotecaria del único inmueble que poseo, en Miraflores. Y concluyó, tras nueve meses de peritajes, que no existió ningún enriquecimiento indebido. Allí presenté el informe detallado de mis sueldos, honorarios por conferencias internacionales, pensión de ex presidente y regalías por libros, todo ello elevado a la web y difundido en un folleto. La resolución del fiscal de la Nación tiene carácter de cosa decidida.

Con la cosa juzgada de 1992, la resolución de la CIDH de 1995, la cosa decidida del 2013 y el informe del Congreso, no existe un requisito de procedibilidad (delito probado) para iniciar investigación o proceso.
Pero al conocerse el escándalo Lava Jato y las coimas y aportes ilegales que habrían recibido los ex presidentes Alejandro Toledo, Ollanta Humala y otros funcionarios, la obsesión periodística y política fue involucrarme por fotos, por visitas públicas, por un viaje a una inauguración, por el pago de dos conferencias en el 2012 a través de un Banco (Pactual) que solo 3 años después adquirió otro banco vinculado al Lava Jato en el 2015. Aprovechando del tema y de una procuradora ahora cesada, que también acusó a Pedro Pablo Kuczynski, se inició una nueva investigación, sumándole ilegalmente una “denuncia por lavado de activos” hecha por un particular, que repite las viejas denuncias ya resueltas por el Poder Judicial y el Ministerio Público.

La denuncia contra Pedro Pablo Kuczynski se rechazó de plano pero la concerniente a mi persona se mantiene por presión mediática y para ubicarme en la eterna condición de investigado. Se enumeran, por ejemplo, los inmuebles que sucesivamente he adquirido y vendido en los últimos 30 años como si los poseyera actualmente, se considera como inmuebles los estacionamientos, los depósitos, etc.

Es la obsesión de mis adversarios, que ven mi influencia hasta en los cambios ministeriales y llevan 30 años buscando inútilmente esa “criminalización”, contra toda norma y garantía.

Tengo paciencia. Así son el odio y el incomprensible antiaprismo. A mis amigos y compañeros les reitero que nada hay de cierto y que toda la maldad sin probanza quedará atrás. Es la historia y la vigencia del aprismo lo que me interesa.