(Ilustración: Giovanni Tazza)
(Ilustración: Giovanni Tazza)
Alberto  de Belaunde

Han pasado veinte años desde que el Congreso de la República destituyó arbitrariamente a los magistrados del Tribunal Constitucional por oponerse a la re-reelección de Fujimori, y todo hace indicar que hemos sido incapaces de aprender la lección institucional que este proceso nos dejó. Debido a este caso, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dejó claro que el control parlamentario debe cumplir con mínimos de respeto a la separación de poderes y a los derechos fundamentales. En efecto, la Corte señaló que en dicha destitución el Congreso peruano vulneró el derecho de los magistrados al debido proceso, al no permitir que presentaran adecuadamente su defensa, ni establecer clara y oportunamente los cargos imputados, y al no brindarle un plazo razonable para la defensa.  

En el proceso de vacancia presidencial actual, ¿se están respetando esos derechos? No. El pedido de vacancia no es producto de la conclusión de una investigación parlamentaria, ni responde a una situación de flagrancia. Se busca vacar sin investigar, escuchando al presidente el mismo día que se votará el pedido, y cuando ya muchos parlamentarios han adelantado su opinión. Incluso, la moción de vacancia es un documento de cuatro hojas, con frases plagiadas, que no señala claramente los cargos imputados ni lleva anexos o pruebas que sustenten formalmente la acusación. 

La Comisión Interamericana ha enfatizado recientemente que cuando se trata de la posible destitución del presidente, el Congreso debe cumplir con un estándar más riguroso: se requiere la existencia de algún delito, de una infracción a la Constitución o de una conducta grave que imposibilite al presidente continuar ejerciendo sus atribuciones. Ello es así porque en sistemas de gobierno presidencialistas, como es el caso peruano, lo que se debe evitar a toda costa es que se emplee la figura de la vacancia para encubrir una suerte de voto de censura o falta de confianza por parte del Congreso. Bajo este esquema presidencialista, el Congreso puede retirarles la confianza a los ministros que el presidente escoge, pero no puede vacarlo porque deje de confiar en él. Por lo tanto, la incapacidad moral que se le atribuye no puede quedarse en el umbral de una imputación descontextualizada o pendiente de corroboración. O peor aún, de hechos que aún están siendo investigados en la Comisión Lava Jato. Debe tratarse de una “conducta grave” debidamente probada que torne en insostenible la permanencia en el cargo de presidente.  

Estos estándares del debido procedimiento ya se han aplicado a casos internos, por ejemplo, la acción de amparo que favoreció al ex presidente Alan García. En aquella oportunidad, la Corte Superior de Justicia determinó que la megacomisión había vulnerado su derecho a la comunicación previa y detallada de los hechos que se le imputaban, así como su derecho a la defensa. Incluso, la propia Defensoría del Pueblo emitió un informe en el que señalaba la necesidad de respetar los derechos del investigado en la sede parlamentaria. Así entonces, la sentencia emitida pudo resultar controvertida para muchos, pero constituye un pronunciamiento jurisdiccional que debe ser cumplido por todos los poderes del Estado, porque, además, no niega ni restringe el derecho a investigar, sino que le brinda un marco de legalidad para que dicha investigación sea legítima. 

Si en el caso de una investigación a un ex presidente se ha observado el debido procedimiento, con mayor razón debe exigirse su cumplimiento en el caso del actual presidente, en un proceso que puede terminar en su remoción del cargo. Más aun cuando el procedimiento de vacancia presidencial por incapacidad moral permanente constituye la más subjetiva de todas las causales.

Si bien el presidente Kuczynski debe brindar todas las explicaciones del caso, ello en nada justifica estas vulneraciones que solo evidencian una clara arbitrariedad. Un poder que puede alterar la voluntad del pueblo al cesar de su cargo al presidente Constitucional de la República debe ejercerse con cautela y respetando el debido proceso más allá de la coyuntura política. Veinte años después, ya es hora de aprender la lección.