La primera dama, Nadine Heredia, ha dicho hasta el cansancio que no va a postular a la Presidencia de la República el 2016. La oposición y alguna parte de la opinión pública todavía se muestran suspicaces.
Los argumentos que ha dado la señora Heredia son contundentes. “No voy a postular [el 2016] porque soy demócrata, porque creo en el valor de las instituciones y las leyes”, ha dicho en su Facebook.
La agencia estatal de noticias Andina “informó” que esta ratificación de no postular “deja ‘sin piso’ a oposición” (7/8/14, 08:20). Con una agencia estatal de noticias que toma partido por el gobierno y encara así a la oposición, uno entiende, también, la suspicacia de la oposición.
El 77% de la población no cree que Heredia deje de postular el 2016, según una encuesta de Datum Internacional.
Eso indica que la señora Heredia y los ministros que le sirven de voceros tendrán todavía que insistir ante la opinión pública.
Lo mejor es que lo hagan con buen humor y tolerancia democrática. Las actitudes, después de todo, revelan a veces más que las palabras.
Para los defensores de la señora Heredia queda, todavía, un recurso para demostrar fehacientemente su adhesión a la democracia. Podrían proponer una iniciativa de reforma para elevar a rango constitucional la prohibición legal sobre esta materia.
Durante los primeros años el oficialismo consideró que la primera dama podía postular el 2016 porque la Constitución no lo prohibía. La Ley Orgánica de Elecciones (art. 107, inc. e), sin embargo, establece impedimento para los cónyuges.
La Constitución prohíbe la reelección inmediata. Es una norma resultado de nuestra experiencia constitucional.
La ley, por su parte, amplía este impedimento para que alcance a varios funcionarios y a ciertos parientes, entre ellos el cónyuge.
No se trata, entonces, de la conculcación de un derecho constitucional, sino de una restricción, temporal y condicional, relacionada a la limitación del uso del poder. La Constitución es, esencialmente, un instrumento de restricción y balance del poder.
Este es, por supuesto, un tema debatible. La primera dama podría haber llevado el caso al Tribunal Constitucional, para que este resuelva si la norma legal era o no constitucional. Ha hecho bien, muy bien, en no plantear tal demanda.
La señora Susana Villarán, alcaldesa de Lima, por su lado, introdujo en el escenario electoral la desconfianza sobre la palabra de los políticos. Ella dijo que no iba a postular a la reelección, y después dijo que sí se “atrevía”.
Con ello, más allá del tema municipal, dejó instalada en la opinión pública la idea de que, en materia electoral, los políticos pueden desdecirse lo que quieran y cuanto quieran. Nadine Heredia, creo, carga con el costo de esa decisión ajena.
Por eso, una iniciativa de reforma constitucional podría consagrar el principio que establece la ley de elecciones. Ello acabaría con las suspicacias y devolvería a Nadine Heredia la credibilidad que Villarán le hizo perder.