Esta expresión es registrada por el académico Diccionario de peruanismos (2016) con esta acepción jurídica: “Referencias básicas sobre la identidad de un acusado”. Véase un ejemplo de Mario Vargas Llosa, en La tía Julia y el escribidor: “Preguntado por sus generales de ley, repuso llamarse Gumercindo Tello y ser hijo de doña Gumercinda Tello…” (Barcelona 1996, p. 133). En la lengua general, la expresión incluye un artículo determinado: generales de la ley, que se documenta en el DRAE 2014 con una acepción semejante.