(Foto: El Comercio)
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Andrés Calderón

Hace unos días, la difusión de un video del allanamiento de la fiscalía a la casa de Augusto Bedoya (sindicado por Barata como el intermediario para el financiamiento de Odebrecht a la campaña de Keiko Fujimori) causó conmoción en redes sociales. Periodistas y abogados, en particular, denunciaron una supuesta filtración ilegal del Ministerio Público a la prensa. 

La relación entre autoridades y medios de comunicación a través del filtrado de información es bastante más compleja que la expresada en tuits y posts, por lo que planteo algunas preguntas y respuestas a continuación.  

¿Está prohibido revelar información de una investigación fiscal? El fraseo del Código Procesal Penal parece sugerir que sí (“La investigación tiene carácter reservado. Solo podrán enterarse de su contenido las partes de manera directa o a través de sus abogados debidamente acreditados en autos”), sin embargo, esa reserva no impide que las partes de un proceso difundan la información que poseen. Es decir, un ajeno al proceso no podría solicitar la información sobre una diligencia fiscal, pero las partes sí podrían divulgarla.  

En el caso de las autoridades, estas suelen revelar directamente ciertos aspectos generales de una investigación en curso (por ejemplo, su existencia o la realización de una diligencia). Entonces, ¿cómo nos enteramos de otros aspectos más detallados (p.e., el testimonio de Barata, o la autorización judicial de un allanamiento)? Porque alguien (las partes investigadas, o un funcionario en la fiscalía o el juzgado) filtra la información

¿Está mal que se filtre información? Depende. La reserva de la investigación busca resguardar su efectividad: evitar que se oculten objetos o personas esenciales para el esclarecimiento de los hechos. También apunta a proteger la reputación de los investigados y garantizar la presunción de inocencia. Es innegable que muchas veces la prensa y la ciudadanía hacen culpables a quienes aún son solo investigados y esto puede llegar a afectar la imparcialidad del juez. 

Pero, por otro lado, el filtrado de información permite vigilar la actuación pública, y que no se cometan irregularidades. De hecho, las autoridades a veces filtran información para legitimarse. La transparencia también los protege de futuros ataques o afirmaciones falsas o engañosas de las partes. El propio juez brasileño Sergio Moro reconoció que la publicidad del Caso Lava Jato ayudó a evitar la interferencia de poderosos (políticos y empresarios) que eran investigados.  

En algunos países como Estados Unidos se reconoce como regla general la publicidad de los procesos judiciales, pero también se permite la reserva de algunas actuaciones a criterio del juez.  

¿Se debería sancionar a quien filtra y a quien difunde una actuación fiscal? Nuevamente depende, principalmente, de qué se filtra y en qué circunstancias. Por ejemplo, en varios países existen leyes que exoneran del deber de reserva (y de cualquier sanción) a funcionarios que filtran información confidencial que ayude a revelar un ilícito. Son los llamados ‘whistleblowers’. En el caso de los medios de comunicación que difunden la información, como regla general, no se los sanciona debido al interés ciudadano en acceder a información de relevancia pública (aun cuando no sea información sobre un ilícito) y en tanto no hayan participado en su obtención ilegal. 

En conclusión, el filtrado y difusión de información de una investigación puede ser algo beneficioso para la sociedad. Por supuesto, uno puede discutir cuál era la relevancia en filtrar y difundir las imágenes del allanamiento a la casa de Bedoya, donde no se percibe alguna irregularidad o hecho resaltante, en contraposición, por ejemplo, con el caso de Yoshiyama, donde las imágenes muestran algunos elementos incautados, incluyendo algunos (un CPU y un USB) que se presume habrían querido ser ocultados.