(Foto: JNE)
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Redacción EC

Si no pudo asistir a votar o ejercer su cargo de miembro de mesa en estas , podrá tramitar una justificación o dispensa para evitar la multa electoral. El trámite ya puede realizarse en la sede central u Oficinas Desconcentradas del JNE más cercanas de las respectivas jurisdicciones.

-¿Qué es una justificación y qué una dispensa?-

► Justificación de una multa electoral: es el trámite por el cual el ciudadano elegido como miembro titular o suplente de una mesa de sufragio justifica su inasistencia a la instalación, eximiéndolo de la sanción administrativa.

►Dispensa de una multa electoral: es el trámite por el cual el ciudadano libera su omisión al sufragio por causa justificada, eximiéndolo de la sanción administrativa.

Para conocer en qué casos debe realizar este trámite, ingrese aquí.

El organismo electoral aclaró que solo procederán los casos contemplados en la ley, tales como enfermedad, fallecimiento de familiar directo, robo en la víspera del DNI, desastres naturales o por viajes al extranjero (salud o estudios), entre otros.

Para realizar dicho trámite, el interesado debe presentar el DNI original y copias simples de los documentos que sustenten la causal invocada, los cuales deben circunscribirse al día de los comicios.

El procedimiento también podrá hacerse vía internet, , a partir de los 30 días siguientes de realizada la elección.

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