Entre los cambios incorporados a la Ley de Migraciones se halla la nueva calidad migratoria de “nómada digital”, que facilitará a los ciudadanos extranjeros teletrabajar desde el Perú, ya que podrán acceder a una estancia de hasta 365 días en territorio nacional, con la posibilidad de prórroga, a fin de que dispongan de mayor tiempo para conocer la oferta turística, gastronómica y cultural del país.
La Superintendencia Nacional de Migraciones detalla que esta figura es una de las principales innovaciones contenidas en el Decreto Legislativo 1582, promulgada por el Ejecutivo hace algunos días. Además, la institución especifica que está diseñada, específicamente, para extranjeros que laboran de manera remota para empresas domiciliadas fuera del Perú.
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Así, con la nueva calidad migratoria de “nómada digital”, los teletrabajadores extranjeros ya no van a requerir una visa de trabajo, ya que no tienen un empleador local, ni realizan actividades remuneradas que generen ingresos de fuente peruana.
Actualmente, estas personas solo pueden acogerse a las visas de turismo, pero su estancia no podía exceder un periodo máximo de 90 días, lo que limitaba su capacidad de seguir viajando por el Perú mientras trabajaban para empresas extranjeras.
Desde cuándo inicia la vigencia
La calidad migratoria nómada digital empezará a otorgarse una vez que se publique la resolución que reglamente éste y otros cambios realizados a la Ley de Migraciones, y se establezca el procedimiento correspondiente en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia de Migraciones.
Se proyecta que, gracias a la medida, un mayor número de profesionales internacionales llegue al Perú, impulsando así la economía del Perú a través del turismo, los servicios y otros sectores. También que se favorezca el intercambio cultural y la posibilidad que estos nómades digitales consideren elegir al país como lugar para constituir una empresa o un emprendimiento, para lo cual deberán cambiar de estatus migratorio.
Cambios en las leyes migratorias
El último 14 de noviembre, el Poder Ejecutivo promulgó el Decreto Legislativo N.º 1582 mediante el cual se modifican e incorporan diversos artículos de la Ley de Migraciones, estableciendo, entre una de sus principales medidas, el Procedimiento Administrativo Sancionador Especial Excepcional (PASEE), para la expulsión de personas extranjeras que cometan infracciones.
Esta expulsión se aplicará contra quienes ingresen al país sin control migratorio o realizar actividades que pongan en riesgo o atenten contra el orden público, el orden interno, la seguridad nacional o la seguridad ciudadana.
El procedimiento excepcional desarrolla una audiencia única, la misma que puede ser virtual o presencial, y no podrá exceder las 24 horas contabilizadas desde la retención administrativa efectuada por la Policía Nacional del Perú. En caso de comprobarse la infracción, Migraciones emitirá la resolución de sanción que ordena la expulsión inmediata.