Redacción EC

Con 82 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones, el pleno del Congreso aprobó esta mañana acoger la solicitud del Poder Judicial para que se ejecute la pena de 7 años de cárcel que pesa sobre el congresista de Alianza para el Progreso (APP), .

La decisión de levantar la inmunidad de arresto de Ríos se tomó luego de que Daniel Salaverry, presidente del Congreso, diera cuenta de la resolución que la Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria del Poder Judicial envió ayer al Parlamento.

Antes de la votación, Salaverry comentó que el Poder Judicial cumplió con cautelar el derecho de presunción de inocencia de Benicio Ríos y consideró la necesidad de que el Parlamento se aboque perentoriamente a la solicitud “para excluir cualquier forma de aval de la ilicitud o criminalidad en la sede del Congreso de la República”.

“La presidencia deja constancia que para la presente sesión el congresista Ríos Ocsa no ha presentado licencia y habiéndose puesto a disposición del Congreso dela República, el pleno debe de acceder a la autorización solicitada por la Corte Suprema”, manifestó Salaverry.

El Congreso comunicó su decisión al Poder Judicial.
El Congreso comunicó su decisión al Poder Judicial.

Como se informó, Benicio Ríos reapareció el último lunes en los pasillos del Congreso tras permanecer no habido luego de que en mayo pasado la Segunda Sala Penal de Apelaciones de Cusco ratificara la sentencia emitida contra el legislador en diciembre del 2017 por el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de la Ciudad Imperial.

Al parlamentario se le halló responsable del delito de colusión agravada en agravio del Estado por la adquisición sobrevalorada de 10 hectáreas de un terreno de relleno sanitario cuando fue alcalde de Urubamba entre el 2007 y el 2010.

El pronunciamiento del Poder Judicial se dio ayer luego de que la Junta de Portavoces acordara el lunes pedirle a la primera institución un pronunciamiento sobre Ríos, al considerar que a este tenía que levantársele la inmunidad de arresto contemplada en el Reglamento del Congreso.